Volver al foro
A
Arquitecto-Rehabilitacion
18/11/2012 11:37

Aministrador profesional y colegiación

¿Los administradores profesionales están obligados a colegiarse?

1.820 lecturas | 3 respuestas

Buenos días.  Parece que con la actual legislación vigente, los administradores profesionales no están obligados a colegiarse.

¿Alguien puede confirmar esta cuestión e informarme de las obligaciones legales al respecto?.

Si es cierto que no están obligados a colegiarse, ¿Como podemos verificar que cumple con los requisitos mínimos para ejercer y cuales son estos?

Gracias

 
B
buzomadrid
19/11/2012 18:11

PASACERO, no te llames tarugo, no lo eres, muchas veces leo en el  FORO algunas contestaciones de algunos foreros que dan pena, y esas contestaciones si que que dan que pensar, esas personas no saben ni lo que dicen y cualquier parecido con la realidad es ilusión.

Si tu administras tu comunidad, es porque tus vecinos lo quieren así, y tienen la confianza entregada a tí.

Yo soy profesional y leer cosas así me llena de alegria, pensar que  todavía existan personas con ilusión de solucionar la problemática de su comunidad es fantástico, problemática que sin duda alguna te encontrarás.


Editado por buzomadrid 19/11/2012 18:12
 
V
vecinadelprimero
19/11/2012 14:17

La mejor forma de asegurarse de un buen trabajo profesional no es otra que en sus propias carnes, aunque es bueno tener referencias de otros propietarios y comunidades.

Efectivamente hay sentencias en las que la colegiación no se cree obligatoria y la ley tampoco hace mención a ello. Lo sensato es buscar a alguien con estudios relacionados y al que se pueda reclamar en un momento dado si no actúa profesionalmente. Cualquiera no está preparado para llevar a cabo las tareas de administrar una comunidad, y aún así la ley estima que cualquier propietario puede hacerse cargo de este trabajo. Todo depende del tipo de comunidad y en algunos casos es más que necesario encontrar a un buen profesional.

 
M
MRV
18/11/2012 18:33

Efectivamente para ejercer de Administrador no es necesario pertenecer a ningún Colegio profesional.

No existen requisitos mínimos para ejercer el cargo de Administrador de una comunidad de propietarios.  Cualquiera puede ejercer dicho cargo.

Por lo tanto si quiere asegurarse que la persona que quieren nombrar va a realizar bien su cometido, lo mejor es contratar a un profesional colegiado o si no, a alguien que tiene experiencia y referencias de otras comunidades.

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento