Lo primero que debe realizar es hacerse una copia de ese Acta donde le exoneran de los gastos de mantenimiento del Ascensor.
Si la multa impuesta a la Comunidad es por falta de mantenimiento o avería usted no debe pagar nada, pero si es por la no adecuación de la instalación a la normativa vigente, teniéndose que realizar modificaciones si deberá participar de los gastos del mismo modo como tuvo que participar en la puesta en marcha del servicio.
Yo le recomiendo que el acuerdo de la no participación en los gastos de mantenimiento se incorporaran en los Estatutos de la Comunidad de tal forma que su inscripción en el Registro de la Propiedad es una garantía para futuros propietarios de su vivienda, de lo contario en caso de que usted intente vender su piso puede suponer un motivo de rechazo de su vivienda.
Propongalo en la próxima Junta y trabajese al resto de vecinos pues necesitará la unaminidad de los propietarios para incorporarlo en los Estatutos.
Administraciones Maxquefincas
Máximo Mateo Rentero
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