Creo que convocar una reunión extraordinaria para volver a tratar el mismo asunto que ya se votó que no, aunque no es ilegal por lo menos no es ético por parte de la administradora.
De todas formas la LEY no impide que se celebren cuantas Juntas convoque el Presidente, pero esta claro que la potestad de convocatoria no debe convertirse en abuso de poder.
En cuanto a sustituir a la administradora decirle que quien tiene la potestad de renovarla en el cargo no es ella ni el Presidente, es la Junta de Propietarios por mayoría, así que esa escusa que continúa porque hay cosas por hacer no es válida. Seguro que otro administrador puede continuar con su labor y si es posible mejorarla.
Si la mayoría decide no renovar no tendrá más remedio que irse.
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Máximo Mateo Rentero
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