Quisiera saber si no incumple la ley de protección de datos, la publicación, en una convocatoria de junta general, de la lista de morosos entre los que se encuentran copropietarios que no han tenido reclamación alguna de esas deudas.
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Pues el registro de morosos tiene que ver muchísimo con la relación a presentar. Si no existiera no podría confeccionarse tal relación.
El leer no produce cáncer. Ja, ja.
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