Estimada Mayte,
Ante todo, gracias por tu respuesta. La comunidad si se formalizó.LLegó a abrir una cuenta bancaria con su NIF, se crearon los estatutos etc. De hecho hubo una junta, quizás más cuando la promotora era la propietaria de la casi totalidad de las viviendas.
Lo que me gustaría saber, es qué hacer.
¿Hay que convocar una junta extraordinaria y que en el orden del día figure todo :nombramientos , cuotas de cada propietario, apertura de cuenta (se cerró la anterior)?
¿Cómo convoco a los propietarios? Muchas viviendas se han revendido y no tengo información de los actuales propietarios.¿Bastaría con dejarles el sobre en su buzón?
¿Qué documentación he de llevar a la junta?
¿Quién redactaría el acta?
¿Qué cuota establecer? Supongo que habrá muchos propietarios que, aún dándose por enterados, se nieguen a contribuir. Si tuviéramos que reclamar por vía judicial, haría falta más dinero. También sé que hay que tener el 5% de fondo de reserva.
¿Puedo solicitar en esa junta extraordinaria disolver la comunidad de propietarios y dar de baja el elemento común? ¿Tendría que votarse por unanimidad o cuantos votos o asistencias harían falta?
En caso de que no se disuelva la Comunidad de propietarios, ¿Puedo pedir a los vecinos que nos reembolsen las cantidades ya pagadas?
Disculpen tantas preguntas. Necesito información para resolverlo de la mejor manera posible.