Hola Boira
Con respecto a tu comentario se deberá estar a lo que dice el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal al respecto. El punto 5, dice "Las funciones de Secretario y del Administrador serán ejercidas por el Presidente de la Comunidad, salvo que los estatutos o la junta de propietarios por acuerdo mayoritario, disponga la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia. El punto 6, dice " Los cargos de secretario y administrador podrán acumularse en una misma persona o bien nombrarse independientemente. El cargo del administrador y, en su caso, el del secretario-administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualoificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones. También podrá recaer en corporaciones y otras personas jurídicas en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico. El punto 7 dice "Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año".
Con lo expuesto anteriormente y atendiendo a tu pregunta, se puede remover el cargo de administrador para que lo lleve directamente el presidente y además si se aprueba en junta al presidente se le puede dar una cantidad de dinero o bien anulación de cuotas, etc. SIEMPRE Y CUANDO para ello se haya aprobado en Junta de Propietarios, bien sea en una Junta ordinaria o extraordinaria y se indique la remoción del anterior Administrador, quien se va a hacer cargo del puesto de Secretario-Administrador y la duración de dicho cargo (por omisión se entenderá que dicha renovación se haría durante un año), pero si es Junta extraordinaria convendrá indicar el tiempo de duración. La mayoría para esto sería suficiente con la mayoría de los propietarios presentes y representados con derecho a voto.
Mi recomendación desde luego es que el Presidente no obstante los tres cargos a no ser que sea una persona preparada y con cualificación profesional suficiente y que tenga garantía de ser una persona totalmente honrada. El tener el poder de los tres cargos puede conllevar a abusos que les puede llevar a vds. a una quiebra económica o bien a realizar actuaciones fuera de la ley.
Como anécdota les comento que en una de las comunidades que llevo, estuvo de Secretario un vecino y se llevó de las arcas de la Comunidad mas de 30.000 euros, antes de que los vecinos se dieran cuenta. Hasta la compra de los televisores de plasma iban a la cuenta de la comunidad.
Un cordial saludo.
Miguel.