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V
vecinaatico
10/03/2014 18:32

Puerta de entrada a mi piso

¿Pueden mis vecinos prohibirme pintar la puerta de entrada de mi piso de color blanco?

4.262 lecturas | 5 respuestas
Mi consulta es la siguiente: me acabo de pintar todas las puertas de mi piso de color blanco. Quisiera tambien pintar de blanco la puerta de la entrada a mi piso por la parte de fuera, es decir, por la parte que da a la escalera. Los vecinos se niegan y me dicen que la puedo pintar de madera clara pero no de color blanco. Tienen derecho a prohibirlo, cuando la puerta es de entrada a mi casa y el gasto de pintarla lo voy a hacer yo??.
Gracias.
Saludos
 
carolinevega
carolinevega
23/08/2022 09:31
Si, el tema ya huele a naftalina y carece de sentido que se abran temas atávicos con la excusa de poder ayudar a alguien, porque bajo esa premisa, si unicamente el 10% de los bloger@s nos dedicamos a desempolvar temas del 2014, este blog desapareceria por aburrimiento
Además lo que dice de 3/5 y 2/5 y acuerdos nulos, sinceramente se ha liado un poco
 
T
Tripolin
23/08/2022 00:44
Se que el tema es viejo pero quiero ayudar para los que tengan la misma duda.

La respuesta rápida es que SÍ SE PUEDEN NEGAR.

Ahora bien, eso que dices de que los vecinos se niega, ¿te refieres a que se ha votado en junta y te lo negaron?.

Para poder pintar la puerta (por la parte que da al zaguan de las escalares), precisas de aprobación de las 3/5 partes del total de la cuotas de la comunidad.

Cuando se precisan las 3/5 partes del total de las cuotas de la comunidad, si a la junta acuden 2/5 partes, por mucho que voten a tu favor, el acuerdo es nulo porque en este caso no se computan como favorables los votos de los no presentes.
 
V
vecinaatico
11/03/2014 21:31
Muchas gracias por las respuestas. No tengo mucho conocimiento de temas legales, por tanto, no entiendo muy bien, si realmente pueden negarme q la pinte o no.
Queria decir q vivo en un pueblo de la provincia de castellon, por si eso tiene que ver.
Graciass
 
M
MRV
10/03/2014 23:52

Hola pasacero,

Es interesante la sentencia que citas, pero quería aclararte que una sentencia de una Audiencia Provincial no sienta jurisprudencia.  La jurisprudencia solamente la sienta el Tribunal Supremo y cuando hay al menos dos sentencias del alto tribunal en el mismo sentido.

Mientras no haya esto, la sentencia de la AP se puede utilizar como un argumento adicional de interpretación de las normas,  pero nunca alegar  que en base a ella, el tema está resuelto por la jurisprudencia.

 

 

 
elenasf
elenasf
10/03/2014 18:46

Tienes que respetar el color del resto de puertas.

 

 

Fin del hilo
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