Buenos días,
El pasado mes de Febrero se hizo la reunión en nuestra Comunidad, el asunto es que hay un propietario que debe 3.000 € aprox. y se anoto en el acta dicha deuda, quedando aprobada la reclamación a este propietario, se le ha notificado mediante buro fax que se le va a reclamar si no liquida la deuda y al no hacerlo nos encontramos con el problema, de que la comunidad no quiere ni puede contratar abogado y procurador.
Yo (Presidente) y mi vecino de enfrente (secretario), debemos encargarnos de este asunto, el problema que nos encontramos es que el Juzgado nos indica que por dicha deuda se necesita abogado y procurador.
Bien pues se nos ha ocurrido hacer la reclamación por 1.900 € en vez de 3.000 € para que no sea necesaria la contratación de dichos profesionales.
¿Esto es posible,es legal, aceptaría el Juzgado esta reclamación?