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carmencuartero
22/06/2014 21:19

Recurrir judicialmente unos estatutos abusivos

¿Es cierto que no se puede impugnar la modificación de estatutos en una comunidad de propietarios?

2.000 lecturas | 3 respuestas

Sé que al firmar el contrato de compraventa asume uno los Estatutos, lo que sucede es que lo que en principio se supone que va a ser un uso racional, se convierte en un abuso. Me explico: los locales tienen derecho al uso del patio común, pero una guardería lo ha convertido en una extensión de su local montando un jardincito vallado. En JGO se acordó por unanimidad impugnarlos judicialmente, ahora dice el administrador, puesto por la constructora y el dueño de los locales, lo siguiente: "que en lo relativo a la modificación de estatutos no podemos hacer nada pues tras el estudio definitivo realizado por el abogado resulta que es complicado tener una sentencia favorable" ¿Debo tomarmelo como cierto o es que defiende los intereses de sus "amigos"? Ya sé que lo mejor es cambiar de administrador, pero los copropietarios lo ven como lo mejor de lo mejor, vamos que cada Comunidad tiene lo que se merece.

 
D
dro231pe
13/08/2022 09:45
Tininte, los coeficientes de un edificio suman o deberían sumar 100, el reparto de las cuotas en los gastos de la comunidad va (o debería ir) por coeficiente. Si un local tiene un determinado coeficiente hasta ahora. Para hacer que un local pague más cuota tendrían que aumentarle el coeficiente. En principio el coeficiente por el hecho del cambio de uso no lo pueden cambiar a no ser que se acordase en una junta cambiar todos los coeficientes, pasarlo por el registro y que lo aprueben, en fin no sé que podrá decir un abogado ...
 
C
carmencuartero
22/06/2014 23:20

Sólo han puesto unas vayas como las teleras de los rediles de ovejas en la parte del patio próxima a la salida que este local tiene al patio común. Además el dueño de los locales fue presidente de la constructora durante el año 2011.

 
M
MRV
22/06/2014 21:52

 

Si los Estatutos permiten el uso del patio que es zona común por los locales, en ningún caso puede entenderse que les da derecho a uso exclusivo y mucho menos a vallarlo sin autorización de la Comunidad.

Claro que habría que estudiar y analizar exactamente lo que ponen los Estatutos pero me parece a mi que Vds. necesitan una segunda opinión sobre el tema de alguien que no esté inmerso en un conflicto de intereses como el que tiene su Administrador y quizá el Abogado si ha sido elegido por el Administrador.

Ahora bien,  si hay muchos copropietarios que ven bien al Administrador y no aceptan que sus opiniones pueden no ser imparciales, le va a ser difícil sacar el tema adelante así que sopese el apoyo que tiene de sus vecinos para conseguir una segunda opinión acerca de las posibilidades de que el Juez sentencie que el uso hecho del patio por la guardería sin autorización de la Junta de Propietarios no es aceptable.

 

 

Fin del hilo
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