Hola a todos: En nuestro edificio somos 16 vecinos (4 por planta)pero el constructor (ya fallecido) decidió convertir un ático-bajo cubierta en vivienda para él, que ocupa lo de dos viviendas, que más tarde decidió vender. Como por otras circunstancias, que sería largo de explicar, no teníamos la división horizontal, se decidió adjudicarle a ese ático el doble de cuota de Comunidad, por ocupar lo de dos viviendas.Ahora tenemos que realizar una importante derrama, y el administrador, que acabamos de contratar, dice que al ático,según reza en la División Horizontal (que apareció) le va a aplicar solo un 2% de edificabilidad, ( cuando le debe de corresponder sobre un 10%) puesto que el constructor había reflejado ese ático,en la División Horizontal, como almacén.
¿Que creen que deberíamos hacer?. Los vecinos llevan bastantes años pagando la cuota doble de Comunidad.