Al adquirir la vivienda acepta los estatutos existentes. Lo único que podría hacer es:
- ver en el acta que se aprobó si se hizo por unanimidad, si no hubiese sido así no podría haberse cambiado.
- comprobar si esos nuevos estatutos están inscritos en el registro. No es seguro pero creo que usted está obligado a pagar lo que figure registralmente, por mucho acuerdo que haya, ya que fue un cambio de estatutos y lo que cuenta es lo que figura en la escritura legal.