Estimado localtend, la exención o no exigencia del pago de su contribución al gasto de mantenimiento del inmueble por los otros propietarios, no le exime de tener que contribuir si se lo piden a partir de ahora.
Lo adecuado creo que sería en Junta ordinaria, donde se apruebe el Presupuesto y distribución de cuotas de mantenimiento que a cada propiedad le corresponda, su administrador se lo aclarara.
El título constitutivo le indicara si existe alguna exención de contribuir a algún gasto por parte de los locales, cuidado con las exclusiones genéricas.
La exención por omisión de reclamársela no creo que implique consentimiento o acuerdo a no pagar por el resto de la existencia. Lo que hubiera ocurrido hasta ahora, eso se lo ahorra puesto que anualmente se aprobaban los presupuestos.
Un ejemplo claro de contribución seria el gasto de una inspección técnica del edificio, puesto que el local pertenece al edificio y debe contribuir a ello en relación a su cuota Art. 9 e.
Un saludo
AFC10180