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L
localtend
06/11/2014 08:20

Inclusión local comercial independiente en Comunidad Propietarios¿?

¿Me corresponde pagar cuota de comunidad por un local comercial con acceso independiente y solo con elementos comunes en el pasillo?

2.517 lecturas | 5 respuestas

Buenos días, soy propietaria desde hace más de 10 años de un local comercial sito en el bajo de un edificio de viviendas. El local tiene acceso independiente.

Desde el momento de la compra, se me eximió del pago de comunidad alguna hasta la fecha. Ahora he recibido un whatsapp por parte de la "presidenta" de la comunidad pidiéndome un número de cuenta donde domiciliar la misma y demás datos personales.

Como he dicho, el local es independiente, con acceso desde la calle y únicamente están instalados (desde el momento de su construcción), en el pasillo de la comunidad de vecinos los siguientes elementos:

* contador agua y luz
* 2 unidades exteriores de AC

Me corresponde el pago de cuota alguna?.
En caso afirmativo, me exime el haberse considerado exenta desde el principio?
Existe jurisprudencia al respecto?

MIL GRACIAS POR VUESTRA AYUDA!!

 
AFCol
AFCol
06/11/2014 18:16

Estimado localtend, la exención o no exigencia del pago de su contribución al gasto de mantenimiento del inmueble por los otros propietarios, no le exime de tener que contribuir si se lo piden a partir de ahora.

Lo adecuado creo que sería en Junta ordinaria, donde se apruebe el Presupuesto y distribución de cuotas de mantenimiento que a cada propiedad le corresponda, su administrador se lo aclarara.

El título constitutivo le indicara si existe alguna exención de contribuir a algún gasto por parte de los locales, cuidado con las exclusiones genéricas.

La exención por omisión de reclamársela no creo que implique consentimiento o acuerdo a no pagar por el resto de la existencia. Lo que hubiera ocurrido hasta ahora, eso se lo ahorra puesto que anualmente se aprobaban los presupuestos.

Un ejemplo claro de contribución seria el gasto de una inspección técnica del edificio, puesto que el local pertenece al edificio y debe contribuir a ello en relación a su cuota Art. 9 e.

Un saludo

AFC10180

 
S
snzs
06/11/2014 15:12

Buenas tardes,

no tiene administrador en su Comunidad? El presidente no es dueño de la documentación, así pues mándele un escrito solicitándole el mismo. Sino, siempre le quedará la posibilidad de pedir copia en el Registro de la Propiedad si estuvieran inscritos.

Un saludo

S&T
Administradores de Fincas
Abogados
cristina.gs_10176@cafmadrid.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
L
localtend
06/11/2014 14:02

Y dónde puedo encontrar los estatutos o título constitutivo si no es a través de la presidenta? Es posible que no existan aún?

 

Mil gracias.

 
S
snzs
06/11/2014 12:52

Buenos días,

la presidenta así porque así no puede imponerle el pago de ninguna cuota. No sé cómo se adoptaría el acuerdo de eximirle de gastos, pero del mismo modo debe hacerse la exigencia de pago.

Efectivamente usted está en un régimen de propiedad horizontal y debería asumir ciertos gastos, pero no porque lo diga la presidenta que no es nadie, ha de acordarlo la Junta.

Le recomiendo que eche también un vistazo a los estatutos de la Comunidad, además del título constitutivo para comprobar si existe ahí alguna exención de pago del local, dado que son bastante habituales.

Un saludo.

 

S&T
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L
localtend
06/11/2014 11:27

Muchas gracias,

Dónde y como puedo consultar el título de propiedad horizontal? Qué ha de hacer la comunidad para obligarme a pagar dicha cuota? Cómo puedo yo recurrir la misma?

Un saludo.

 

Fin del hilo
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