Hola Penélope:
Con relación a su pregunta comentarle que efectivamente puede ser que haya propietarios que manden mas dinero a la comunidad de lo que les corresponde. Esto puede deberse a diferentes situaciones.
1º) Que en el año anterior se decidió poner una cuota superior a los gastos de previstos y haya quedado un remanente. Remanente que no tiene porque ser igual a cada propietario
2º) Que haya habido un ingreso extraordinario que no estuviera previsto, o que si estaba previsto no estuviera cuantificado. Por ejemplo: una subvención.
3º) Que los gastos que estaban previstos y por los cuales se calculó la cuota hayan sido menores, debido por ejemplo a que haya habido una mejora en la gestión de los mismos.
4º) Porque se vaya arrastrando un saldo positivo a favor del propietario desde el año anterior debido a la aplicación del 5% del Fondo de Reserva.
A tu segunda pregunta, decirte que efectivamente cuando se hace la liquidación de gastos del ejercicio, es conveniente, aunque ninguna ley haga referencia al respecto, que se indique que saldo del ejercicio es de cada propietario.
Que se indique los saldos positivos y negativos de los propietarios no significa que dichos saldos haya que repartirlos. Solo se podrá hacer dicho reparto con la aprobación de la mayoría de los propietarios presentes y representados con derecho a voto. Siempre teniendo en cuenta que se deberá de dejar de remanente al menos el 5% del Fondo de Reserva.
Tenga también en cuenta que los saldos positivos de muchos de los propietarios lo que están haciendo es financiar a la comunidad por la deficiencia que supone el que haya propietarios morosos. Esto por desgracia está a la orden del día.
Recibe un cordial saludo.
Fdo. Miguel Fernández.