Si, si se puede dar este caso y es perfectamente legal.
Para que esto sea así tiene que indicar el vecino deudor a que recibos hace frente con su pago, en este caso 2015 y no pagar los de 2013.
Si el vecino no dice nada el pago debe adjudicarse a la deuda de mayor valor y si todas son iguales, como suele ser en estos casos, se prorrateara entre ellas.
Todo esto en aplicación de los art. 1172 y 1174 del CC.
art. 1172: “El que tuviere varias deudas de una misma especie en favor de un solo acreedor, podrá declarar, al tiempo de hacer el pago, a cuál de ellas debe aplicarse. Si aceptare del acreedor un recibo en que se hiciese la aplicación del pago, no podrá reclamar contra ésta, a menos que hubiera mediado causa que invalide el contrato”.
art. 1174: “Cuando no pueda imputarse el pago según las reglas anteriores, se estimará satisfecha la deuda más onerosa al deudor entre las que estén vencidas. Si éstas fueren de igual naturaleza y gravamen, el pago se imputará a todas a prorrata”.