pasacero dijo:
La ley y el registro dicen lo mismo, ahora si Udes hacen repartos distintos, lo que manda es lo que dice el acta, si el acuerdo es contrario a ley y no se impugna, eso ya es cosa de Udes.
Yo tengo 0,565 de cuota en mi escritura y en catastro y sobre el presupuesto anual mi participación es de 0,662 esta cuota la he calculado yo con una simple regla de tres .
Mi duda es que cuota hay que poner a la hora de las votaciones ? porque mi administradora pone las del catastro para todo y no veo justo que los locales que pagan muy poco tengan un coeficiente cuatro veces el mio.
Editado por penelope-yeye 19/03/2015 2:35