Nuestra comunidad está constituida por un bloque con tres portales. Por un lado tenemos el coeficiente general respecto a todo el bloque (el que viene en nuestras escrituras) y por otro el coeficiente del portal, por el cuál se calculan los gastos propios de cada portal (ascensor, limpieza escalera,...). La comunidad dispone de una piscina para todo el bloque y nos gustaría saber si los coeficientes que se tienen que aplicar a la cuota de la piscina son en base al gasto general o al gasto del portal. Muchas gracias.