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A
area21
15/09/2015 21:37

Quien puede impugnar y plazo

2.117 lecturas | 6 respuestas

¿Se puede impugnar unicamente con haber votado en contra?

¿Si es porque no se ha convocado a todos los propietarios, el plazo seria un año?

 
E
elbonsai
16/09/2015 09:23
Hola, entiendo que si el presidente se personó en la oficina del administrador para comprobar las convocatorias es que no le gusta como se han hecho las cosas. En este caso lo mejor es que el presidente convoque otra junta con el mismo orden del día y exija al administrador que mande la convocatoria a todos los propietarios. Eso si que no olvide decirle al administrador que se olvide de cobrar por esta junta ya que la misma es necesaria por haber hecho mal su trabajo. Y de verían plantearse o un cambio de administrador o poner al que tienen en su sitio y revisar las gestiones que realiza .
Un saludo
 

Fin del hilo
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