Hola, no se deben hacer correciones encima de las actas ya redactas. Para rectificar un error en las actas como los que refiere es suficiente con que en la proxima junta que realice en el orden del dia pongan como punto primero de dicho orden del dia”” LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR”, en ese punto se exponen todo lo relacionado con dicho acta. Bien sea alguna errata como la que refiere, o cualquier otro apunte que pueda proceder sobre la misma. Estoy seguro de que harán ustedes una buena gestión de su comunidad.
Un saludo