Os agradecería, una vez más, que me aconsejarais sobre si se puede prohibir la presencia, sin voz ni voto, de invitados a una junta. En breve me toca ser presidente de mi comunidad y para evitar desmanes, abusos y la tentación de bordear la ley, reflejarlo en acta y tener que impugnarla, he decidido tener conmigo una persona de confianza que me asesore, pero pinta que una parte de los vecinos quiere impedirlo. Yo he leído cosas a favor y en contra, por lo que os agradecería cualquier información al respecto.