No estoy de acuerdo, ADASgestión.
El propietario moroso, ciertamente, puede debatir pero no puede votar. Hast ahí de acuerdo.
Pero cuando un propietario moroso representa a un propietario no moroso, la prohibición de votar sigue siendo válida con respecto al propietario moroso, pero no existe tal prohibición cuando actúa en nombre y representación de un propietario no moroso.
Conclusión: Podría votar en nombre del propietario no moroso pero no en el suyo propio; y la cuota de participación que se computaría sería, únicamente, la de la propiedad del propietario no moroso.