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N
noguci33
12/04/2017 00:25

Notario en Junta

¿Quién convoca la junta puede llevar un notario?

4.921 lecturas | 8 respuestas

Varios propietarios le pedimos reiteradamente a nuestro administrador que incluya temas que consideramos importantes en cada Junta que se va a celebrar, pero nunca lo hace. Creo que se trata de asuntos delicados en los que él se ve comprometido.

El 25% de los propietarios deseamos convocar una Junta para tratar en profundidad estos temas. Desearíamos que asista un notario para que todo quede reflejado con claridad y luego no se creen dudas.

¿Podemos traer a la Junta a dicho notario, nosotros, el 25% que convoca?

Muchas gracias

 
F
Fixin
18/04/2017 15:32

Las publicaciones de los colegios de administradores de fincas dejan tantísimo que desear … casi todo medias verdades que al final resultan ser mentiras. Además de interprestar la ley y las sentencias como a ellos les interesa no ajustándose en la inmensa mayoría de los casos a lo que realmente dice la sentencia.

 

 
B
Blont
17/04/2017 22:03

Noguci33,, se queja que el administrador no recoge en el acta lo que algunos propietarios le exigen.

Es un error muy corriente que muchos propietarios creen que el acta tiene que reflejar todo lo que se comenta en la junta, y esto no es asi, en el acta solo tiene que ir reflejado lo que se indica en el punto 19 de la LPH

 
P
PEPE123
17/04/2017 20:18

Conclusión, ese artículo es pura paja, no dice nada.

Es más, dice que el notario debe redactar el acta. ¿Qué artículo de qué ley dice que el secretario puede ser “desposeido” de su derecho y deber de redactar el acta?. NINGUNO

 

 
P
PEPE123
17/04/2017 17:29

Lo siento, pero no estoy de acuerdo.

Solo puede asistir si todos los propietarios así lo acuerdan. Basta con que uno solo se oponga para que no pueda asistir Y mucho menos para redactar el acta, sustituyendo al secretario, que es quien tiene encomendada esa tarea.

A las juntas SOLO pueden asistir los propietarios o las personas que actuen en representación de un propietario.

 

 

 
ADASgestion
ADASgestion
17/04/2017 16:21

Yo no veo problema que vaya un Notario si:

Se comunica en la convocatoria, para dar fe de los acuerdos y temas tratados.

Sea quien redacte el acta.

Lo pagan los que deseen que asista. No sería un gasto a soportar la comunidad.

 

 

 

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N
noguci33
12/04/2017 16:58

Exacto. La mitad de la comunidad tiene amañado al administrador. Existen todo tipo de manipulaciones. En las convocatorias y acta sólo se pone lo que quiere el administrador aunque se lo repitas y le grites. Sin contar todo tipo de cosas “extrañas” que tiene el administrador con las empresas con las que trabaja: ascensor, limpieza, etc, etc.

Es una auténtica vergüenza.

 
B
Blont
12/04/2017 15:25

Lo que no entiendo, es si que ustedes un 25% de los propietarios covocan junta, para que necesitan un notario, es que no se fian ni de ustedes mismos?

en las juntas no son necesarios notarios, ese puesto lo ejerce el secretario.

 
P
PEPE123
12/04/2017 13:01

A las juntas de propietarios SOLO pueden asistir los propietarios o sus representantes. Salvo que TODOS los presentes estén de acuerdo, la respuesta es no.

 

Fin del hilo
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