ADASgestion dijo:
Me parece que es sacar los pies del tiesto cobrar por un certificado de deuda. Claro tambien hay administradores que cobran por juntas extraordinarias, por las horas que se excede de las 20:00 uns Junta ordinarias. Esto es como los colores los hay para todos los gustos
y qué opción me queda? que me lo cobren por el banco como los recibos de la comunidad y devolverlo? (si el piso lo vendo el dí 2)