Recientemente en una reunión de propietarios convocada para ver que administrador iba a gestionar nuestra finca en función de los servicio ofrecidos y del presupuesto ofertado, se decidió que le administrador de la finca no fuese ninguno de estos y si una vecina que previamente se ofreció voluntaria para el cargo, en dicha reunión hubo 8 votos a favor y 4 en contra de que esta vecina realizase dicha función, en el acta de la reunión no se recogió el nombre de las personas que votaron a favor ni los que votaron en contra, y se validó en el acta a esta vecina como nueva administradora, por haber sido votada por la mayoría de los asistentes
Semanas después se realizó otra junta, ya con la nueva administradora, para analizar y decidir que presupuestos se iban a llevar a cabo de reformas para el edificio
Mi pregunta es, si en el acta de elección de administrador habría que haber recogido el nombre de las personas que emitieron su votos, tanto en negativo como en positivo, y si esto fuese necesario ¿se podría hacer ahora mediante un subsanación del acta de la elección del administrador habiendo habido otra reunión por medio?, ¿como proceder para realizar dicha subsanación?
Y por último, si se decide entre los vecinos remunerar a esta persona con algún cantidad económica, se le podría hacer mediante la condonación de la cuota de la comunidad en?
MUCHAS GRACIAS