Estoy a punto de embarcarme en la compra de un ático VPPL y estoy viendo todo lo que hay escrito sobre el cerramiento de áticos. En mi caso, la vivienda tiene 100 m2 útiles + 40 de terraza. En los papeles de reserva me imputan 110 m2 útiles, según el criterio de sumar a los m2 de la vivienda la menor de las siguientes cantidades:
-50% de la terraza (20m2)
-10% de los m2 útiles de vivienda (10m2)
Como 10 es menos 20, me suman 10 y se obtienen los 110, que son los que yo pago y en base a los que me calcularán el % para el pago de cuota de comunidad.
El comercial me jura y perjura que la terraza no es de la comunidad, sino que es propiedad privada mía. La verdad que no sé si eso es bueno o malo, o si representa alguna ventaja, porque si fuera de la comunidad, la responsable en caso de goteras o similar sería la propia comunidad y así será totalmente cosa mía. Y de cara al cerramiento, creo que no influye.
También debo aclarar previamente que la terraza del ático no está totalmente al aire sino que es de esas que incorporan una estructura con columnas verticales y vigas horizontales marcando el “imaginario” techo de la terraza, pero claro con una mayoría de espacio abierto al cielo entre cada dos vigas. No sé si esto influirá en la posible legalidad de su cerramiento.
Con lo ya explicado, me gustaría saber QUE OPCIONES TENGO PARA CERRAR LEGALMENTE LA TERRAZA, en todo o en parte, en mi caso buscando minorar los ruidos externos y mejorar las condiciones térmicas de la vivienda. Quizá un cerramiento ligero, a base de cristales correderos o plegables, no sé, pero claro, tiene que garantizar una hermeticidad y aislamiento.
Y también cuál sería el procedimiento, si primero lograr la autorización de la comunidad (3/5 o unanimidad) y luego del ayuntamiento, primero la autorización municipal y luego para la licencia de obras. O bien al revés, primero al ayuntamiento y luego a la comunidad. Tampoco sé si hay que presentar un proyecto para validar un estandar para obras similares futuras o lo hace el propio ayuntamiento.
Tampoco tengo claro si una obra ilegal prescribe a los 4 o 5 años o no prescribe nunca.
Me cuesta pensar que siendo un problema tan extendido, no se haya encontrado todavía una solución legal y válida para todas las partes.