Por lo que se indica en el comentario, parece ser que la cuota de la comunidad es mensual, y lo lógico es que si a fecha 1 de marzo el antiguo propietario era el dueño de la vivienda, hubiera pagado él la cuota. Ahora bien, no lo ha hecho o más bien ha devuelto el recibo porque él ha estimado que es el nuevo propietario el que debe hacer frente a este pago, puesto que la mayor parte del mes, el piso ya no es suyo.
Como han indicado otros foreros, el certificado de estar al corriente del pago es valido únicamente hasta el día en que se expide.
En este caso, y puesto que una mensualidad tampoco debe suponer mucho importe, lo lógico es satisfacerlo y “agredecerle” al antiguo propietario su picardía, típica de este país en el que vivimos. Al nuevo propietario se le pueden reclamar las deudas del año en curso y de hasta los 3 anteriores.
Le sugiero que tenga cuidado, no se la vuelvan a “clavar” con el IBI municipal, puesto que según la ley, lo debe abonar el propietario de la vivienda a fecha 1 de enero, que en este caso es el antiguo propietario. Pregunte también en su ayuntamiento por otras tasas como la de basuras, para ver a quién le corresponde abonarlas. En este caso, estamos hablando de importes más altos que una cuota mensual de comunidad de vecinos.
Editado por Propietario28 30/5/2018 10:11
Editado por Propietario28 30/5/2018 10:13