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Xonia63
06/09/2018 16:05

SATE

¿Cuáles son mis derechos y obligaciones con respecto al recubrimiento con SATE en la fachada de mi comunidad?

4.584 lecturas | 4 respuestas

Buenas tardes , quizá podrían ayudarme informándome de mis derechos y obligaciones con respecto al tema de las fachadas cubiertas con SATE. Intentaré ser breve, vivo en una comunidad de 16 vecinos y algunos de ellos están a favor de este recubrimiento , se han hecho dos reuniones para ver si todos estábamos de acuerdo,  y como hemos terminado hace poco de cambiar el tejado por la IT y  supuso un gasto muy grande 120€ de derrama durante 3 años . algunos no están de acuerdo incluida yo , la economía de mi casa no da para tanto y todavía debo 1000€ a la comunidad por dicha derrama , que voy pagando todos los meses como puedo , la pregunta es , tengo obligación de poner el SATÉ si deciden por mayoría que si?

Es obligatorio ponerlo? Me puedo negar?

Muchas gracias , necesitaría saber algo antes del día 16 de sep , hay reunión y me gustaría ir informada . Un saludo

 
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Xonia63
07/09/2018 14:12

Muchas gracias por la información , entiendo que si sale mayoría estoy obligada si o si a poner el recubrimiento SATE , las leyes hay veces que no son justas . Un saludo y gracias una vez más por su inestimable ayuda .

Xonia 

 
carolinevega
carolinevega
06/09/2018 20:45

art. 10.3 b) LPH?

¿Qué medidas quedarían comprendidas en esta actuación en la comunidad? Hay que precisar que el quórum sería de 3/5 en doble mayoría pero con el voto presunto del ausente, ya que no se trata de aprovechamiento individual, sino colectivo, con lo que estamos hablando de medidas de mejora de la envolvente del edificio como medidas en beneficio colectivo; es decir, de las que todos obtienen beneficio, a todos se aplican y nadie se puede oponer, o mejor dicho, aunque se opongan no tendrán efecto, ya que vincula a todos alcanzado el acuerdo por 3/5 con voto presunto del ausente, con lo que el día de la junta solo habrá que alcanzar la mayoría simple y luego estar a la espera del transcurso de los 30 días para si los ausentes no se oponen poder tener por alcanzado el acuerdo. Por ejemplo, en los temas de oposición podría ocurrir que la medida fuera la del cierre de balcones en un proyecto de mejorar la envolvente y, en este caso, si un comunero no quiere que se cierren los balcones y si ésta es una medida para mejorar la envolvente para la eficiencia energética resulta que, si se aprueba, es una medida colectiva de beneficio colectivo, y si se aprueba por 3/5 es obligatorio. Lo paga la comunidad con derrama de comuneros y el 10.3 b) LPH no admite derechos de disidentes para oponerse y dejar de pagar. Si se aprueba es obligatorio porque es medida que no admite ejecución parcial, ya que la mejora de la envolvente lo es en beneficio y ejecución colectiva.

 
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Xonia63
06/09/2018 18:37

Gracias por contestar tan rápido . No , no es necesaria , solo es por mejorar el bloque y ahorrar energía 

 
carolinevega
carolinevega
06/09/2018 17:56

Porque se quiere hacer dicha obra?

Es necesaria?

 

Fin del hilo
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