Salvo pacto en contrario en la Comunidad. Ya que en ocasiones en edificios que han realizado una sustitución de tuberias han llegado a otros acuerdos y se recogen en acta.
Por normativa deberá tener instaladas dos llaves, anterior y posterior al contador, en este caso:
La tuberia que llega a la llave anterior del contador es de la Comunidad
El contador y la siguiente llave de corte corresponde al propietario de la vivienda a la que corresponde el contador
En el caso de que solamente exista una llave de corte, tanto esta como el contador es propiedad de la vivienda a la que se abastece de agua
No han pensado en que a parte del deterior del pavimento estan pagando entre todos el consumo de agua por el contador general en el caso que la fuga se produzca antes del contador.