Causae
Agradezco su opinión y expongo el contexto, a fin de que se facilite su comprensión
La Convocatoria de fecha 13-dic-2018, no incluyo el acuerdo relacionado con la presentación del Balance del 2018 (el administrador se ha quedado en el 2017), aunque le pedí por burofax que se incluyera en el Orden del Día a fin de impugnarlo.
Como Vd. bien expone
“ ... y no formuló demanda impugnando el acuerdo y solicitando la suspensión cautelar, el acuerdo es ejecutorio.”
“no se puede indirectamente lograr la modificación de aquel acuerdo.”
La deuda es del 2018 … Y, si no hay acuerdo que exponga el Balance 2018, no puede haber impugnación, la situación queda en el limbo para el comunero, queda en indefensión
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Sobre el tema de las partidas de gastos expuestas, están relacionadas con el Presupuesto y Reparto de Gastos del 2019, que modifican el reparto indicado en los Estatutos y por consiguiente alteran la cuota de participación
- La lectura de contador y admninistración, no hay acuerdo por unanimidad
- Cuota de servicio, no la incluye en el presupuesto (siendo un gasto general)
La Cuota de Servicio:
- En julio-2015, se acordó volver a coeficiente (Estatutos), por mayoría simple
- En oct-2016, se acordó volver a partes iguales, SIN CARACTER DEFINITIVO, NI POR UNANIMIDAD y NO SE IMPUGNO
La Jurisprudencia establece que esos acuerdos son válidos durante la anualidad que no se impugnó
Si puede, por favor, confírmeme si es viable y si no hay problema en escribirle directamente y valorar mejor la situación
Muchas gracias