carolinevega dijo:
Yo tengo entendido a traves de un notario que se lo consulte, que eso no sirve de nada, dado que la obligación del notario es indicar al administrador o al presidente, que él tiene un dinero de la comunidad y que debe pasar a retirarlo, eso sirve cuando a un propietario no le quieren cobrar la deuda
Si usted tiene el 25% de los votos, no tiene que contar para nada con el administrador, la convoca usted y ya está.
Carolinevega, gracias por su respuesta, eso me temia pero lo quería preguntar en este foro, fíjaros que esto me lo ha dicho hoy un abogado especializado en comunidades, lo que me ha dicho es lo siguiente: “ puedes consignar la cantidad ante notario poniendo como condicionante en esta consignación que el dinero no se pagara hasta que yo no este de acuerdo, de esta manera no te podrán anular el voto” me ha parecido raro que se pueda poner ese condicionante, no quiero pagar porque si pago me temo que ya he visto el dinero no es que dude de lo que me aconsejáis aqui pero es que soy ya un manojo nervios, al borde e tirarme desde el terrado de la comunidad
, encima ya me miran algunos en la comunidad con mala cara, es mas, ya he comenzado a no hablarme con algunos, increible, yo es que por la forma de ser me tomo las cosas muy en serio.
Me comenta usted que con ese 25% convoque reunion yo mismo, ya se que me lo habeís dicho varias veces pero por otro lado me comentan que ha de estar presente la administradora que es a su vez la secretaria y que le envie un burofax de ese 25% que estamos de acuerdo con el orden del día, rendición de cuentas, nombramiento de cargos, cese del actual administrador. que le solicite también para cubrirme yo las espaldas que me proporcione domicilio de contacto de los propietarios que no viven en el edificio si tuviera constancia de ellos.
Esta difícil la cosa
Saludos y gracias