vaya inmediatamente al registro de la propiedad solicite la escritura de división horizontal del edifico, ahí le figurará a que gastos tiene que contribuir (tal vez esté pagando de más) y su coeficiente.
si no indica nada que los gastos són a partes iguales, le manda una carta al presidente (ustedes si tienen administrador, es el presidente), y le remite el art. 9.1.e
e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización
art. 5 le remito el penúltimo párrafo
El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la Ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros si no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad.
esto quiere decir que si la comunidad en su día acordo ade pagar a partes iguales, si ese acuerdo no está registrado a usted no le afecta
y que las costumbres están por debajo de la ley.
le indica que si no realiza junta extraordinaria en el plazo de XXX días, denunciará a la comunidad
tiene un año para hacerlo desde que se entero de la forma de pago que supongo que fué cuando compró el piso, deberá buscar abogado y procurador, como el juicio lo ganará, lo que le cueste su abogado y procurador lo pagará la comunidad,
de la cantidad que abone la comunidad usted no deberá abonar nada.
si tiene dudas pregunte