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amungar
23/04/2019 11:59

Discrepancias en interpretación de cláusula de la Escritura de Propiedad Horizontal

¿Están exentos los locales comerciales de todos los gastos excepto conservación y reparación según la Escritura de Propiedad Horizontal?

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Buenos días colegas:

Soy presidente de una Comunidad y tengo una discrepancia con el propietario de un local comercial en relación con una cláusula de la Escritura de Propiedad Horizontal del edificio, que se refiere a la contribución de los locales comerciales a los gastos generales de la Comunidad. Esta comunidad no tiene Estatutos. La cláusula está redactada de este modo: Las fincas número UNO y DOS quedan exentas de contribuir a los gastos de conservación  y reparación de la entrada, caja de escalera y ascensor, por no tener acceso a las mismas, así como tampoco a la azotea.

Yo interpreto que todos los demás gastos no incluidos en esa cláusula no están exentos. Concretamente, los gastos de limpieza de la escalera (no es conservación ni reparación) y los gastos de alumbrado de la escalera y de funcionamiento del ascensor (no es conservación ni reparación) no están exentos para los locales comerciales. Incluso creo que no están exentos los gastos de sustitución del ascensor por otro más moderno (no es conservación ni reparación del ascensor existente).

El propietario del local se escuda en que la escritura dice "por no tener acceso a las mismas (escalera y ascensor)", pero yo interpreto que esa justificación no se refiere a cualesquiera gastos, sino exclusivamente a los gastos de conservación y reparación, expresamente mencionados en esa cláusula. Me fundamento en un principio del Derecho, aplicado a este asunto, que dice "no se debe distinguir donde la ley no distingue". Si la cláusula no menciona "toda clase de gastos relativos a la escalera, azotea y ascensor", entonces interpreto que los propietarios de los locales no están exentos de contribuir a todos los demás gastos no expresamente excluidos

Me gustaría conocer vuestra opinión, a pero no una opinión personal sino fundamentada en Derecho (Ley de Propiedad Horizontal y, en su defecto, el Código Civil), la única opinión válida para ese vecino que se resiste a pagar los gastos que no figuran exentos en esa cláusula.  Gracias


Editado por amungar 23/4/2019 12:01
 

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