Hola pasacero,
La puerta estaba antes, no pagaba gastos comunes a vivienda.
Se enteraron los vecinos y guiados por el antiguo administrador denunciaron para que se cerrase la puerta.
Resolvieron(sentencia) que la puerta se quedaba cerrada para uso exclusivo de salida de emergencia.
Pocos meses despues de esa sentencia la revancha del administrador fue engañar al antiguo propietario en la siguiente reunion ordinaria, "vas a pagara 20 ó 30€ mas", y ahi esta la estafa, todos los vecinos a favor de los presupuestos y el antiguo propietario se abstuvo.
Le aplico el coeficiente de propiedad a todos los gastos comunes a viviendas, que no son 20 ó 30€.
El antiguo propietario Impugno el acuerdo y por falta de legitimacion activa, perdio.
El abogado del antiguo propietario era amigo del administrador y en vez de impugnar al año siguiente desaparecio.
Yo por no preocuparme por estos temas y con tantos pleitos pense que estaba obligado a soportar los gastos comunes a viviendas. Jolin pense que al pasar por el juzgado era asi legal, injusto pero legal. JOLIN que atrevida es la ignorancia.
Despues de leer todas las actas y sentencias, en ningun sitio pone que este obligado a soportar esos gastos, al contrario los estatutos me exoneran.
Ese acuerdo del antiguo propietario, no vincula en el futuro, no ha sido recogido en el registro de la propiedad como un cambio estatutario, sino como aprobacion de presupuestos, que yo he aceptado en años posteriores mediante un consentimineto tacito
Lo que si he aprendido por las malas es lo que significa doctrina de actos propios, consentimiento tacito, estatutos. quorum, impugancion, legitimacion activa etc etc
Entender algo de esto me ha llevado mucho tiempo como para explicarselo a los vecinos en una reunion donde imagino los conocimientos juridicos de los vecinos seran como los mios hace un año ( menos que cero ), me estoy planteando dejarles una carta en el buzon explicandoselo, claro que no van a querer porque todo lo que yo pago tendrian que pagarlo ellos entre todos.
en fin haber que pasa en la siguiente reunion y si no entran en razon a impugnar no hay otra forma.