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LUISITO36
25/02/2020 09:48

Votación sin estar Orden del día

¿Se puede votar un punto que no se haya reflejado en el orden del día?

1.728 lecturas | 7 respuestas
Se puede votar un punto que no se haya reflejado en el orden del día en la convocatoria junta general ordinaria.
Que puedo hacer??
Editado por LUISITO36 25/2/2020 10:50
 
carolinevega
carolinevega
25/02/2020 20:55

en mi post anterior me he comido una N y lpuede confundir a Luisito

queda así:

Los acuerdos anulables, tienen tres meses  NO  un año para su impugnación

que peligro existe con las personas desconocedoras de la LPH

desde cuando un punto que se trata en junta y que no venga reflejado en el acta de convocatoria va contra los estatutos

Lo primero que hay que tener presente es que el artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que son acuerdos nulos aquellos que sean contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios, y son impugnables en el plazo de un año, contado a partir de la adopción del acuerdo, estando legitimados para ello los propietarios que hubieren salvado su voto en la Junta y estén al corriente de pago.

https://administradoresygestiondefincas.com/acuerdos-nulos-y-anulables-en-comunidad-de-propietarios-ejemplos

“La gran diferencia, según la sentencia de 5 de marzo de 2017 estriba en si el acuerdo fue contrario a la LPH, caso en el que será anulable, o si el acuerdo contradice cualquier otra ley, caso en el que será nulo de pleno derecho.”

si correjir sus grandes errores ( que son muchos) es enturbiarlo pues vale

 

Fin del hilo
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