Volver al foro
I
Irenia30
03/03/2020 09:31

Cuota máxima a pagar por instalación ascensor

¿Cuánto sería la cuota máxima legal de una derrama permitida?

2.381 lecturas | 7 respuestas
Buenos días,es probable que en mi comunidad se apruebe la instalación de un ascensor.Yo vivo en un primero y la verdad que no quiero porque sería muchísimo dinero por vecino ya que somos muy pocos vecinos.Ademas no es nada seguro que nos den subvenciones.
He leído que según la LPH no hay obligación de pagar más del importe de 12 cuotas al año de lo que se paga de comunidad pero una vez descontadas las subvenciones.¿Alguien me puede confirmar si esto es así?
Gracias
 
carolinevega
carolinevega
07/03/2020 21:14

El martes no se tiene que decidir si se pone o no se pone el ascendor, se pone SI o SI , porque asi lo indica la LPH en el art. 10.1.b.

 
Politena
Politena
07/03/2020 18:14
Hola ,
A mí me ocurre algo parecido, en mi caso pagamos 50 euros al mes de comunidad y el vecino del tercero tiene 80 años y es quien ha propuesto la instalación del ascensor y el martes en junta extraordinaria se decidirá si se pone o no el ascensor. A mí no me interesa que se instale porque vivo en el bajo. Mi pregunta es parecida a la que han hecho anteriormente pero no lo he entendido bien. Si no se alcanza la mayoría simple en la junta existe obligación de instalar el ascensor pero yo como máximo tengo obligación de pagar 50 euros por 12 mensualidades sería 600 euros al año , pero si la empresa instaladora es facilidades de pago y permite el pago en 2 años yo debería pagar 600+600 euros ???
Gracias de antemano y saludos a todos .
 
F
Fixin
03/03/2020 12:25

Me alegro de que sea perfectamente consciente, en su planteamiento no lo dejaba tan claro.

Si esos 14.000 euros que corresponden a cada vecino deben pagarlos en un año el límite que pagaría obligatoriamente es la cantidad que le suponga a usted 12 mensualidades de gastos comunes. Es decir, si usted paga 100 euros al mes de comunidad debería contribuir con 1200 euros.

Si llegan a un acuerdo con la empresa instaladora de pagar el ascensor en varios años y la cantidad a pagar cada año es superior a esos “1200 euros” pagaría solo esa cantidad por cada año de prorrateo.

Pero como usted ya sabe todo esto queda en nada si la instalación se aprueba en junta.

Por cierto, el uso de mayúsculas en un foro equivale a gritar, no creo que esté bien gritar a quien responde a una duda que usted plantea.

 
I
Irenia30
03/03/2020 12:16

Fixin dijo:

Irenia30 dijo:
Aún no se ha aprobado porque falta otra junta extraordinaria para votarlo definitivamente y votar la empresa que queremos que haga la obra.La instalación la propuso un vecino que tiene a su suegra mayor con alzheimer.El problema es que somos solo 12 vecinos de los cuales 2 son morosos además de haber varios pisos cuyos propietarios son inmobiliarias

Por partes. Que algunos pisos pertenezcan a inmobiliarias no influye en este caso. Que existan morosos es un tema aparte de la instalación del ascensor ya que para solucionarlo deben emprender un proceso de reclamación de cantidades contra ellos.

Si la suegra de su vecino vive con él, es mayor de 70 años o tiene movilidad reducida, la obra es obligatoria para la comunidad y solo deben elegir el presupuesto para afrontarla. No obstante es recomendable debatirlo en junta y si se aprueba (por mayoría simple) todos los propietarios están obligados a sufragar la obra. Los mororosos no tienen derecho a voto en junta.

Si no se aprueba en junta la obra debe ejecutarse igualmente. En este caso los propietarios tienen la obligación de pagar 12 mensualidades de las cantidades repercutidas anualmente.   

 

Si todo eso ya lo sé y tengo conocimiento de ello. Lo único que estoy preguntando es, si es cierto que según como cita la LPH en su articulo 10.1 b) “el importe repercutido anualmente de las mismas , una vez descontadas las subvenciones o ayudas publicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes”. 

Este articulo no me deja claro si en ese limite que establece de la derrama se refiere por comunidad o por vecino. Es decir, pongamos que la instalación de una ascensor cuesta en total 100 mil €. Esto quiere decir que la la comunidad no tiene obligación de pagar a la empresa constructora mas de del importe de 12 mensualidades del total que pagan todos los vecinos o que cada vecino no tiene la obligación de pagar mas de 12 mensualidades independientemente de las condiciones de pago que establezca la empresa constructora del ascensor. No sé si me he explicado.

PD. Me referia a los vecinos morosos porque en esta comunidad solo somos 12 vecinos y 2 ya son morosos por lo tanto el resto tendremos que pagar nuestra parte y la que corresponde a los morosos. El ascensor cuesta la friolera de 140.000€ por lo que tendriamos que pagar una media de 14.000 € por vecino. Es solo un comentario.SOY CONSCIENTE PERFECTAMENTE QUE NO ME PUEDO NEGAR A LA INSTALACIÓN SI SE APRUEBA POR MAYORÍA SIMPLE EN LA JUNTA

 
F
Fixin
03/03/2020 11:26

Irenia30 dijo:
Aún no se ha aprobado porque falta otra junta extraordinaria para votarlo definitivamente y votar la empresa que queremos que haga la obra.La instalación la propuso un vecino que tiene a su suegra mayor con alzheimer.El problema es que somos solo 12 vecinos de los cuales 2 son morosos además de haber varios pisos cuyos propietarios son inmobiliarias

Por partes. Que algunos pisos pertenezcan a inmobiliarias no influye en este caso. Que existan morosos es un tema aparte de la instalación del ascensor ya que para solucionarlo deben emprender un proceso de reclamación de cantidades contra ellos.

Si la suegra de su vecino vive con él, es mayor de 70 años o tiene movilidad reducida, la obra es obligatoria para la comunidad y solo deben elegir el presupuesto para afrontarla. No obstante es recomendable debatirlo en junta y si se aprueba (por mayoría simple) todos los propietarios están obligados a sufragar la obra. Los mororosos no tienen derecho a voto en junta.

Si no se aprueba en junta la obra debe ejecutarse igualmente. En este caso los propietarios tienen la obligación de pagar 12 mensualidades de las cantidades repercutidas anualmente.   

 
I
Irenia30
03/03/2020 11:11
Aún no se ha aprobado porque falta otra junta extraordinaria para votarlo definitivamente y votar la empresa que queremos que haga la obra.La instalación la propuso un vecino que tiene a su suegra mayor con alzheimer.El problema es que somos solo 12 vecinos de los cuales 2 son morosos además de haber varios pisos cuyos propietarios son inmobiliarias
 
F
Fixin
03/03/2020 09:42

Depende del motivo por el que se instale el asensor, en primer lugar, y también depende de si se ha votado en junta y si se ha apobado.

 

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento