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R
rogami
10/03/2020 12:24

Asamblea interrrumpida sin finalizar los puntos del Orden el Día de la convocatoria

¿Puede el presidente suspender la asamblea sin tratar todos los puntos del Orden del Día?

2.466 lecturas | 12 respuestas

Qué ocurre si en una Asamblea Ordinaria, con la aprobación de losGastos y Presupuestos, más la alección de Presidente y Administrador, por conflictos fuertes surgidos en el trámite de otro punto, el de la ocupación ilegal de los espacios comunes, ante el cariz que estaban tomando los hechos, el Preisdente la supende hasta una nueva convocatoria? La Asamblea no finalizó ni se trataron todos los puntos del Orden del Día, se eligió Presiente, pero NO Administrador, más otros puntos. Qué acta se puede aprobar si no finalizó la Asamblea? El Presidente elegido, pero sin finalizar la Asamblea y sin Acta, es el legítimo, o es el anterior hasta tanto finalice la aprobación de  los demás puntos del oren del día? Se dijo que en el plazo máximo de 15 días se convocara la continuación de la Aamblea, pero el Presidente que se eligió dice que hasta dentro de dos meses no piensa convocarla. Todo muy confuso. 

 
carolinevega
carolinevega
15/03/2020 22:26

Usted sigue dale que dale pero no demuestra lo que dijo erroneamente

 
Y
yolulo
15/03/2020 20:51

carolinevega dijo:

 no existe peor cosa que el sordo que no quiere oir y el ciego que no quiere ver.

 

Efectivamente, y una coja que no quiera andar.

 
carolinevega
carolinevega
15/03/2020 19:19

sr. yolulo: ni tengo porque ni me da la gana de indicar mi curriculum vitae en un blog, dado que no tengo porque informar sobre mi vida, mis conocimientos ni mi estudios.

en este blog como en el resto de ellos que existedn sobre la LPH, existen compañeros y compañeras que conocen la LPH, al igual que existen personas como usted que la desconocen y lo único que hacen es confundir.

Mire cualquiera se puee equivocar, pero no existe peor cosa que el sordo que no quiere oir y el ciego que no quiere ver. desconozco en cual de los dos sentidos esta incluido usted, o tal este vez en los dos.

 

 
Y
yolulo
15/03/2020 17:14

carolinevega dijo:

Vamos a ver yolulo usted con ironia me pregunta 

En que se basa para tal afirmación? En alguna sentencia tal vez, o en sus altos conocimientos de la LPH.

Y en su ultima entrada indica 

Me refiero, porque es imposible reanudar una junta interrumpida.

Usted no se ha dado cuenta que indica lo mismo que yo?

Con ello queda demostrado como usted mismo indica, que mi conocimiento en la LPH, es con mucha diferencia a los que usted tiene. Porque si los tuviese usted mismo no se contradeciria

Bueno. mas superiores que los mios cualquira, yo es que no tengo niguno.

¿Y Ud que conocimientos tiene? pues nos gustaría saber con quien estamos escribiendo, posiblemente estemos metienendo la gamba, si Ud es jueza o lo ha sido, nos vendría muy bien para ilustrarnos a los analfabetos de está ley tan complicada, ya que parece que nadie la entiende , excepto Ud, claro está.

 

 
carolinevega
carolinevega
14/03/2020 22:46

Vamos a ver yolulo usted con ironia me pregunta 

En que se basa para tal afirmación? En alguna sentencia tal vez, o en sus altos conocimientos de la LPH.

Y en su ultima entrada indica 

Me refiero, porque es imposible reanudar una junta interrumpida.

Usted no se ha dado cuenta que indica lo mismo que yo?

Con ello queda demostrado como usted mismo indica, que mi conocimiento en la LPH, es con mucha diferencia a los que usted tiene. Porque si los tuviese usted mismo no se contradeciria

Bueno. mas superiores que los mios cualquira, yo es que no tengo niguno.

 
Y
yolulo
14/03/2020 18:33

carolinevega dijo:

en el segundo de los supuestos, que por descontado son con mucho superiores a los suyos

Bueno. mas superiores que los mios cualquira, yo es que no tengo niguno.

Me refiero, porque es imposible reanudar una junta interrumpida.

 
carolinevega
carolinevega
14/03/2020 18:26

en el segundo de los supuestos, que por descontado son con mucho superiores a los suyos

art.19-. LPH

3. El acta deberá cerrarse con las firmas del Presidente y del Secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.

art.18.3

3. La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios,

https://comunidadhorizontal.com/comunidad-de-propietarios/jurisprudencia/plazo-impugnar-acuerdos-comienza-dia-adopcion-aprobacion-acta.php

https://www.mundojuridico.info/los-acuerdos-de-la-comunidad-son-ejecutivos/
 

 
Y
yolulo
14/03/2020 16:53

carolinevega dijo:

Los acuerdos son legales desde su aprobacion, por lo cual es imposible, reaunudar esa junta,

 ¿En que se basa para tal afirmación? En alguna sentencia tal vez, o en sus altos conocimientos de la LPH.

 
carolinevega
carolinevega
14/03/2020 15:11

Los acuerdos son legales desde su aprobacion, por lo cual es imposible, reaunudar esa junta, dado que existe un nuevo presidente, y este será quien convoque junta extraordinaria con los puntosca tratar

 
R
rogami
14/03/2020 12:42

Más o meos pensaba eso. Gracias por vuestra opinión

 
C
cachan555
10/03/2020 16:58

 No se levantó la sesión la junta fue abortada, lo aprobado prevalece, se debe reanudar a partir del momento de interrupción, si el cuórum vario, se debe reflejar en acta.

 
carolinevega
carolinevega
10/03/2020 15:18

Pienso que el presidente fue prudente al cancelar la junta al ver que en la junta en vez de personas con educacion, existian seres que nocarecen de sentido democratico.

Lo que se voto es legal

Lo que se dejo de votar, se vota en la siguiente.

El presidente entrante convoca la junta cuando lo estime oprtuno. Si el 25% de los propietarios desea wue la junta se realuze ya, que dirijan un escrito con las firmas exigiendo su urgente convocatoria, si el presidente lo desestima, ese 25% puede convocarla

 

Fin del hilo
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