El problema de una comunidad es que todos sus miembros deben convivir, y lo que les une es su porcentaje de propiedad del bien común.
Puede Ud vender toda su propiedad y mantener el usufructo, pero al revés, que es lo que Ud. desea, no es posible, actuaria Ud. contra sus propios actos, “non venire contra factum proprium”
https://es.wikipedia.org/wiki/Doctrina_de_los_actos_propios
https://es.wikipedia.org/wiki/Doctrina_de_los_actos_propios