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mariomario
mariomario
03/03/2022 21:48

Devolución de derrama

¿A quién se le debe devolver el dinero de una derrama no ejecutada tras la venta de una vivienda?

2.969 lecturas | 5 respuestas
Hola.Una pregunta:he comprado un piso hace dos años,avía una derrama puesta del viejo propietario para hacer una obra al bloque,que al final ya no se hace por qué los demás vecinos no queren poner la derrama.Ahorra a quien se le tiene que devolver el dinero,al viejo propietario o al nuevo propietario?
 
PAULADELAVEGA
PAULADELAVEGA
05/03/2022 22:30
En junta de propietarios se podra acordar si ese saldo acreedor se devuelve a los vecinos en proporcion a sus cuotas, en cuyo caso como comenta Fixin, la devolucion se la harian a Ud., o acordar que quede en el fondo comun, o una reduccion en la cuota de la comunidad durante un tiempo. Sera valido.cualquier acuerdo respecto a ese dinero aprobado por las 3/5 partes, tambien podria destinarse a cualquier otra mejora o a efectuar alguna reparacion o mantenimiento. Dado de se trata de un dinero que se aporto como derrama para algo que no se llego a efectuar el saldo acreedor figurara en la cuenta de cada propietario.


 
L
luismp
05/03/2022 18:15
Deje de enredar, eso es totalmente absurdo.
Como ya han dicho Fixin y carolinevega, la LPH art 11 dice muy claro lo que hay que hacer.
El antiguo propietario no tiene nada que ver con la comunidad, ya no pertenece a ella.
 
G
galain
05/03/2022 17:49
Optaría por una solución más Salomónica y llevaría a la Junta la opción de que en caso de no realizar el gasto expuesto, las cantidades se le resten a la cuota de las propiedades que la hayan abonado
 
C
cano01
04/03/2022 16:46

De momento no es legal devolver esa derrama, mientras no convoquen una junta para revocar el acuerdo anterior, si al final se revoca, en esa junta se puede acordar su deducción en el próximo presupuesto.

Todo lo concerniente a la apertura, disposición y cierre de la cuenta corriente de la comunidad debe ser aprobado por la junta de propietarios.

Según dispone el artículo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal,

“Los acuerdos de la Junta de propietarios se reflejarán en un libro de actas…”

 
carolinevega
carolinevega
04/03/2022 11:42
A usted.
Art. 17.11
11. Las derramas para el pago de mejoras realizadas o por realizar en el inmueble serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras.
Le pongo un ejemplo. En esa comunidad se aprueba una derrama a partir de julio de 2022, usted compra la vivienda en junio de 2022, entonces usted deberia abonar la derrama.
El dinero que existe en la cuenta no es de un propietario es de la comunidad
 

Fin del hilo
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