En junta de propietarios se podra acordar si ese saldo acreedor se devuelve a los vecinos en proporcion a sus cuotas, en cuyo caso como comenta Fixin, la devolucion se la harian a Ud., o acordar que quede en el fondo comun, o una reduccion en la cuota de la comunidad durante un tiempo. Sera valido.cualquier acuerdo respecto a ese dinero aprobado por las 3/5 partes, tambien podria destinarse a cualquier otra mejora o a efectuar alguna reparacion o mantenimiento. Dado de se trata de un dinero que se aporto como derrama para algo que no se llego a efectuar el saldo acreedor figurara en la cuenta de cada propietario.