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Pablovecino
21/03/2022 10:37

Incremento comunidad bajo derrama

¿Puede la comunidad aprobar una derrama sin un coste y sin un plazo?

901 lecturas | 4 respuestas

Buenas. Soy nuevo aqui. Primero de todo agradecer a todos los que participais en este tipo de foros y dais tanto soporte.

Os planteo la situación en la que me encuentro.

Hace tres años la comunidad intento cambiar la modalidad de pago de coeficiente a todos iguales. Yo me opuse porque tengo una cuota más reducida. A los meses, por “casualidad”, se decidio hacer una derrama que iba a durar unos meses de 50 euros/trimestrales por propietario. Han pasado 3 años y seguimos con esa derrama que en su dia no se dijo cuanto iba a durar exactamente ni tampoco se expecifico cuando dinero se debia recaudar. Al final se ha convertido en una subida lineal del coste de la propiedad para saltarse el tema de los coeficientes.

Es legal lo que están haciendo? se puede dar una derrama sin un coste y sin un plazo?

Si se ha aprobado como puedo impugnarlo?

 

 
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orbe
21/03/2022 12:32

Impugnar significa, acudir a la justicia, debe seguir abonando hasta que el juez se pronuncie al respecto, es decir, corresponde al juez dejar sin efecto la última rendición de cuentas, obligarles a recalcularlo y si procede, devolverle las cantidades cobradas indebidamente.

Para todo ello necesita un abogado.

 

 
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Pablovecino
21/03/2022 11:41
@FernandezFdez --> Cuando acepte la derrama no tenia conocimiento de que estas también deben pagarse con el coeficiente de cada uno. Por eso comento si se puede impugnar y más sabiendo que nunca han indicado ni coste de la derrama ni tiempo de duración de ese pago.
@orbe --> Respecto a: "Claro, si no se estableció el plazo, Ud. puede, en lo sucesivo, dejar de aprobar las cuentas y los presupuestos e impugnarlos por abuso de derecho, teniendo en cuenta el plazo de caducidad que es de un año. " No se establecio plazo. Si los impugno por ese motivo que quieres decir con el plazo de caducidad es de un año? Que debo seguir pagandolo 1 año desde que impugne?
 
FernandezFdez
FernandezFdez
21/03/2022 11:31
Buenos días, 3 años son unos cuantos para dejarlos pasar, más que nada, porque luego pasan plazos para reclamar. Cuando se aprueban derramas se debe justificar para que son ¿en el acta, además de la aprobación de la derrama, figura explicación de a qué se destina ese dinero?
 
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orbe
21/03/2022 11:28

La ley permite establecer un modo diferente de reparto a lo establecido en la escritura de división horizontal, pero para ello precisa de unanimidad, compruebe el acta de esa reunión que dice que se realizó a los “meses” si Ud. no aceptó, pero no la impugnó en un año, el acuerdo, queda convalidado precisamente por ausencia de impugnación. Ahora bien, ese, digamos, abuso de derecho, solo le obliga en esa derrama en concreto, no en todo en general. Claro, si no se estableció el plazo, Ud. puede, en lo sucesivo, dejar de aprobar las cuentas y los presupuestos e impugnarlos por abuso de derecho, teniendo en cuenta el plazo de caducidad que es de un año.   

 

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