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T
Tripolin
27/06/2022 15:09

Junta Válida?.

¿Es legal el acuerdo de cambio de junta directiva?

1.699 lecturas | 11 respuestas

Buenas tardes.

Quería plantearles un problema que se ha dado en mi comunidad.

Se realizó junta de vecinos para cesar a la junta directiva (administrador y presidente).

La convocaron el 25% del total de las cuotas de mi comunidad.

No se avisó al presidente y se convocó sin solicitárselo a este (tampoco al administrador).

El presidente, vía comunicado, les advirtió de que no le habían avisado y que su convocatoria tenía varios defectos como no manifestar los morosos y la cuantías a deber. Que el la convocaría a la semana siguiente subsanando dichos problemas.

Haciendo caso omiso del presidente, la reunión se celebró en primera convocatoria estando presentes y representados solo el 38% del total de la cuotas de la comunidad.

La reunión se celebró sin el presidente y sin el asesoramiento del administrador.

De ese 38%, un 12% estaba en contra de cambiar de junta directiva (como ya he dicho, ni presidente ni administrador estuvieron presentes).

Se aprobó en primera convocatoria y con ese porcentaje de cuota el cese de la anterior junta directiva y el nombramiento de una nueva jutna directiva (así es como se expone en el acta),

Dicho todo lo anterior y a sabiendas de que para los acuerdos que requieran de la mayoría simple que se aprueben en primera convocatoria se requiere la mayoría simple del total de las cuotas de la comunidad (en segunda convocatoria solo se necesita de la mayoría simple de los presentes en la junta o mayoría de las cuotas de los presentes), ¿es legal el acuerdo anteriormente comentado?.

 

Saludos y muchas gracias por adelantado.

 
T
Tripolin
27/06/2022 18:56
Tarugo, es que ni el administrador se dio cuenta de dicha imprudencia y no la trampeó diciendo que se celebró en segunda convocatoria. Dejando claro en el acta que se celebró y se votó en primera convocatoria.
O incluso se votaron cosas que no estaba en el único punto del orden del día y que tal como se redacta así:

"Se aprueba por unanimidad de los presentes y representados, con los votos en contra de...".

¿Como se puede aprobar algo por unanimidad y a la vez oponerse cierto número de vecinos?. Yo debo haberme perdido algunas clases cuando iba al colegio.
Lo correcto hubiese sido... Se aprueba tal y tal con los votos en contra de tal y tal.

Pero así ha sido con los 6 administradores que hemos tenido. Por ejemplo, aquí, en 2021, se le prohibió un cerramiento de balcón a un vecino porque, según el administrador, se necesitaba la unanimidad.
Es que a estos señores no se le mandan las modificaciones de la LPH o es que pasan olímpicamente de leerlas?.

Pero ojo, que le advierto que no puede ser posible eso que ha dicho y convoca otra reunión y vuelve a llevarlo a votación pero esta vez avisa que se precisa de las 3/5 partes. Pero claro, no dice que son las 3/5 partes del total de vecinos de la comunidad que, a la vez, formen las 3/5 partes del total de las cuotas de la comunidad.

Pues nada, se votó y se aprobó con un total de coeficiente del 35% cuando se precisaba un 60% (3/5 partes del total de cuotas de la comunidad).

Estoy por hacerme administrador y poner las reglas que a mí me de la gana. Total, los propietarios ni se van a enterar. Es broma, no estoy yo para estudiar.
 

Fin del hilo
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