Buenas tardes.
Quería plantearles un problema que se ha dado en mi comunidad.
Se realizó junta de vecinos para cesar a la junta directiva (administrador y presidente).
La convocaron el 25% del total de las cuotas de mi comunidad.
No se avisó al presidente y se convocó sin solicitárselo a este (tampoco al administrador).
El presidente, vía comunicado, les advirtió de que no le habían avisado y que su convocatoria tenía varios defectos como no manifestar los morosos y la cuantías a deber. Que el la convocaría a la semana siguiente subsanando dichos problemas.
Haciendo caso omiso del presidente, la reunión se celebró en primera convocatoria estando presentes y representados solo el 38% del total de la cuotas de la comunidad.
La reunión se celebró sin el presidente y sin el asesoramiento del administrador.
De ese 38%, un 12% estaba en contra de cambiar de junta directiva (como ya he dicho, ni presidente ni administrador estuvieron presentes).
Se aprobó en primera convocatoria y con ese porcentaje de cuota el cese de la anterior junta directiva y el nombramiento de una nueva jutna directiva (así es como se expone en el acta),
Dicho todo lo anterior y a sabiendas de que para los acuerdos que requieran de la mayoría simple que se aprueben en primera convocatoria se requiere la mayoría simple del total de las cuotas de la comunidad (en segunda convocatoria solo se necesita de la mayoría simple de los presentes en la junta o mayoría de las cuotas de los presentes), ¿es legal el acuerdo anteriormente comentado?.
Saludos y muchas gracias por adelantado.