Art. 9.1.e LPH
e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
Por lo cual solicite al presidente que figure como punto del día este tema.
Usted en junta tiene que exponer lo indicado en este art.el cual dice que se pagará por coeficiente, todo aquellos gastos que no se puedan individualizar, y como todos los propietarios tienen contadores, ese gasto tiene que ser individualizado.
usted tiene que que debe serlo por obligación, aquí no hay que votar nada, se individualiza porque si.
En caso de no hacerle caso, deberá impugnar.
Es rárisimo que ponga eso en las escrituras, está usted seguro?
Que quiere decir con que LA NUEVA SE AJUSTE. A que nueva se refiere