Hola,
Disculpad pero hace tiempo hice esta pregunta y no conseguí respuesta. A ver si ahora hay suerte.
En 2021 y 2022 contratamos unos profesionales liberales – arquitectos y abogados – que facturaron a la comunidad y el Administrador les pagó sin aplicar la retención.
Sí, no tengo niguna duda, una comunidad de propietarios debe aplicar retención a un profesional liberarl AUNQUE ESTE NO LA INCLUYA EN SU FACTURA.
Por favor, no discutamos este punto.
Mi pregunta es, en caso de que nos llegase una multa – u otra penalización – de la Agencia Tributaria debido a un error del Administrador – como es el caso – ¿la Comunidad podría reclamar al Admnistrador – no hay contrato -? ¿El colegio tiene/ exige un seguro de responsabilidad civil que cubra estos casos?
Garcías .