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villaron
villaron
03/03/2024 15:22

Que tiempo de actuación tiene una comunidad para realizar lo que por acta se aprobó?

¿Cuál es el plazo para instalar bolardos y carteles de prohibición en zonas comunes?

2.808 lecturas | 46 respuestas
Hola, buenas tardes. En la última junta de propietarios realizada en el mes de mayo ,se acordó instalar unos bolardos para que ningún coche aparcara en las zonas comunes del interior de ka finca, y poner unos carteles de prohibido jugar al balón. A feche de hoy de marzo aún no se a realizado estás actuaciones,y quisiera saber si existe algún plazo para realizarse o no, ya que son cosas de poco coste y obra. Gracias.
 
T
Tripolin
07/03/2024 13:08

luvicon, efectivamente. No comenté lo de que los no presentes tienen un mes para oponerse o votar a favor. Pero como en este caso hablamos de 9 meses, o casi 9 meses, no creí oportuno mencionarlo.

Sobre que es el presidente, dsicrepo porque resulta que uno de los acuerdos es una obra; la cual consites en la colocación de bolardos que, aunque la usuaria no ha explicado el material de estos, aunque fueran de plástico, estos deben estar anclados por tornillería (sea gorda o pequeña). Por lo tanto, hablamos de una obra menor pero una obra sigue siendo.

Por ejemplo, atornillar un termo en un patio de luces del que ni siquiera se tiene el uso privativo (y aunque lo tuviera), según la jurisprudencia, ya se considera una obra.

Del mismo modo, la colocación de un cartel que desconocemos cómo será la instalación, no deja de ser una instalación.

Todo esto es obligación del administrador en cuanto nos referimos al artículo 20 de la LPH. Y del mismo modo pero con diferentes estadios, también lo es por parte del presidente que está obligado a ejecutar los acuerdos.

Sobre lo de la caja, a ver, yo creo que nos estamos aventurando demasiado en algo que no es muy probable y en lo que la usuaria no se ha pronunciado (por algo será).

No obstante, dime tú qué puede costar la colocación de un cartel que prohiba jugar al futbol en las zonas comunes?. 30 o 40 euros máximo?. Lo de los bolardos lo podría entender según tu posible teoría incierta porque no creemos que la comunidad no disponga de recursos en sus fondos comunitarios. Que puede ser que no, pero parace ser, según el relato de la usuaria, que SÍ. No podemos hacer simples prospecciones a ver si... o por si acaso... Debemos ser objetivos sobre el sencillo relato de la usuaria y esta no ha hecho mención que en los fondos de la comunidad no hayan fondos o que el acuerdo se ejecutará cuando la comunidad reuna los recursos necesarios (cosa que hacen las comunidades cuando se aprueba algo pero se pospone su ejecución para cuando la comundiad tenga los recursos económicos necearios para ejecutar el o los acuerdos).

Y sobre lo discutir, yo no doscuto contigo. Discrepo en ciertos relatos que haces y presento argumentos y fundamentos basados en las leyes y la jurisprudencia al respecto. Tu solo das tu opinión según lo que te dicta tu lógica.

Eso último te ha sobrado con lo bien encaminado que ibas manteniendo una conversación conmigo en la que no estamos del todo de acuerdo en ciertos puntos de nuestros planteamientos; sen los tuyos una opinión que dicta tu lógica y los míos basados (con las muestras presentadas) en lo que dicen las leyes y las sentencias al respecto.

No creo que te haya insultado con comentarios que sé que a tí te gusta discutir POR DISCUTIR, o que no tengas ni puñetera idea de lo que dices. Si lo he hecho o me has malinterpretado, pido disculpas.


Editado por Tripolin 7/3/2024 13:14
 

Fin del hilo
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