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villaron
villaron
03/03/2024 15:22

Que tiempo de actuación tiene una comunidad para realizar lo que por acta se aprobó?

¿Cuál es el plazo para instalar bolardos y carteles de prohibición en zonas comunes?

2.806 lecturas | 46 respuestas
Hola, buenas tardes. En la última junta de propietarios realizada en el mes de mayo ,se acordó instalar unos bolardos para que ningún coche aparcara en las zonas comunes del interior de ka finca, y poner unos carteles de prohibido jugar al balón. A feche de hoy de marzo aún no se a realizado estás actuaciones,y quisiera saber si existe algún plazo para realizarse o no, ya que son cosas de poco coste y obra. Gracias.
 
T
Tripolin
11/03/2024 14:50
skizo, la única autoridad que tiene poder de decisión es la junta de propietarios. Ellos son los únicos que pueden tomar decisiones y aprobarlas (salvo que se desprenda una cornisa en la que un presidente puede actuar sin autorización). El presidente, en el resto de casos, solo ejecuta lo que se acuerda o aprueba en las reuniones.

Por lo tanto, el máximo organo de una comunidad es la junta.

Eso que has dicho de que tal y tal, eso es totalmente falso. Se llevó a votación y se aprobó. De haber habido un resquicio legal, debería haberse comentado durante la reunión. Si se dislumbró después de la reunión, se debió convocar una reunión extraordinaria para subsanar el error, incluso llevando de nuevo a votación los acuerdos para así validarlos, ahora sí, con todas las garantías.

Tu forma de proceder en lo comentado, no es legal porque el administrador no puede paralizar acuerdos ni tampoco el presidente. Para ello, el presidente, repito, debe convocar una nueva reunión con la mayor brevedad posible para subsanar los errores cometidos al aprobar x acuerdos.

Y si me estoy equivocando, que yo me baso en la ley y las sentencias, muéstrame donde diga que eso se puede hacer tal como lo has descrito tú.
 

Fin del hilo
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