Las Comunidades de Propietarios están obligadas a realizar la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE). La Sentencia del Tribunal Supremo (STS) 2190/2022 reconoce a las comunidades de propietarios como agentes económicos, hecho que implica su responsabilidad en actividades externalizadas y la importancia de la CAE.
Sí. A pesar de que una Comunidad de Propietarios no tenga trabajadores propios puede incurrir en situaciones en las que otras empresas acudan a realizar actividades que están sujetas a riesgos laborales.
Un ejemplo:
Se detecta una plaga de insectos en la finca y es necesario realizar trabajos de control de plagas. La Comunidad debe garantizar la seguridad y el bienestar de todos los trabajadores de la comunidad. En este ejemplo, personal de limpieza, conserjería, etc…