Getafe78 dijo:
Hola a todos.
Tengo una duda, a ver si alguien la puede aclarar.
Cuando firmamos la hoja con el precio del piso, se incluia en el pago el IVA. que era el 7% de valor del piso.
Pero segun tengo entendido, el IVA, solo se tiene que pagar, al ser VPPL, del precio final que establezca el modulo, en el momento de la firma de la escritura de compra.
Es decir, en nuestro caso, sera inferior, el precio de compra en escritura, (el del modulo actual) que el precio real que pagaremos.
En su dia, cuando compre el piso, es resposable financiero de Activitas, me dijo que la cantidad de IVA que aparecia en la hoja del precio que firmamos, solo era orientativa, y que si el precio final de escrituracion era inferior, como sera el caso, la diferencia de IVA nos la devolverian, o descontarian del precio final de vivienda.
Es decir que si el precio de la casa por escrituracion es, por ejemplo, 20 mil euros menor de lo que vamos a pagar, el IVA de esos 20 mil euros, (1400 euros), como no corresponde tributarlo, nos lo devolvian.
Alguien sabe algo al respecto, o lo ha hablado con ellos?
Un saludo
Efectivamente hay que tener cuidado con esa diferencia que no tributa el 7% de IVA. Pero ten en cuenta que esa cantidad tributa al 1% (fondo social de una CCBB).
Para calcular esa base hay que ver qué precio del módulo nos aplican, yo tengo dudas en si es el precio que había cuando les concedieron la calificación provisional (el que había en junio de 2008) o el precio actual (que es menor porque el año pasado la CAM bajó el precio del módulo en garajes y trasteros).