Hola yo ya he firmado, ya se han explicado en otro post, el punto ese que tenemos tantas dudas que no dice claro que si renuncias a la vivienda te devuelven el dinero me dijo ayer santiago que no pueden reflejar ese punto porque entonces no seria un contrato cerrado y si el contrato no esta cerrado el banco no lo admite, que quiere decir esto, pues que si dejan ese punto escrito el contrato esta todavia abierto que tu puedes renunciar a ese piso y comprarlo otra persona y el banco quiere un comprador fijo no que un contrato se haga a un nombre y al x tiempo figure otro nombre distinto por eso me dijo santiago que no se podia poner pero si por lo que fuera una persona no pudiera continuar con ese piso el devolveria el dinero y o bien te devuelve el tu dinero y pone el piso a la venta o bien esperar a que salga un comprador, y el me estuvo diciendo que si surgiera eso a el mirandolo egoistamente le interesaba ,el devolvia el dinero y lo ponia a la venta por un precio superior y ganaba mas dinero,le dije que las palabras se las llevaba el viento y me contesto que claro es cuestion de que nos fiaramos que el no podia poner esa clausula porque el banco no lo permitia y que si no estaba deacuerdo o estaba desconfiado que no firmara, pero claro eso supone renunciar al piso, en las memorias de calidaders yo e comparado con las que tenia antes y han variado que yo alla visto 3 cosas
1º puertas de armarios empotrados antes ponian abatibles ,ahora ponen correderas
2º lo de carton yeso o tabicon mas o menos pone lo mismo pero de distinta manera
3º ventanas de alumio antes abatibles y ahora pone abatibles y correderas segun casos( seran la de los saloner accesos a patios y terrazs)
4º la caldera antes ponia individual y ahora pone segun vigencia sera lo que se hablo en la reunion de poner solo una caldera para todo
espero comprendais todo este testamento
Un Saludo ( a lo mejor hay alguien que alla ido a firmar ya y pueda aportar algo mas)
Editado por rosiyjose 02/06/2010 11:58