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M
miguele iris
22/08/2008 14:50

entregas de viviendas

4.031 lecturas | 44 respuestas
hola a todos!!!
os comento nosotros tenemos un pareado de la segunda fase, y me han llamado para decirme que en septiembre podremos ver la casa y firmamos en noviembre se nos adelanta un montón, estamos como locos!!!supongo que todo se va adelantar un montón, un saludo.
 
B
Biscone
02/09/2008 09:13
Boomerang2 dijo:

biscone dijo:

Boomerang2 dijo:

biscone dijo:

Totalmente deacuerdo ST77XX, lo que habria que estudiar bien es, para la gente que lo necesite porque no haya vendido sus viviendas o tenga que entregarlas en la fecha de entrega estimada por Gestesa, que se puede hacer para estirar lo maximo posible la entrega (y evitar pagar intereses claro).


te pasé link de esta misma página donde decía lo que te comentaba.....te lo interpreté.....que mas quireres que te argumente....."fecha determinada".....NO ES UN INTERVALO DE TIEMPO......"antes de 31.12.2007...." ES UN INTERVALO DE TIEMPO...NO PUEDES DETERMINAR LA FECHA......LA FECHA DETERMINADA ES 23.02.2088 ó 25.08.3024 ETC.....ESO SON FECHAS DETERMINADAS.....pero en "ANTES DE 31.12.2008" NO ES POSIBLE DETERMINAR UNA FECHA PORQUE ES UN INTERVALO DE TIEMPO.... que mas quieres que te diga!!!!!

Que te estás ahorrando las tapas de tu amigo...que te lo estoy diciendo gratis!!!




Otra vez, no se si por activa o por pasiva, la clausula de marras esta dentro de la legalidad, nigun juez (bueno salvo del de la sentencia de la minifalda) te la tirara atras. En derecho mucho es la interpretación que se den a los articulos para ti "......"antes de 31.12.2007...." ES UN INTERVALO DE TIEMPO...NO PUEDES DETERMINAR LA FECHA......" pero la interpretación general no es esa, te guste o no. Te repito que el espititu de ese articulo es darle un horizonte temporal maximo a la entrega de la vivienda para evitar dilaciones en su entrega, que lo quieras interpretar como tu dices es otra cosa pero, como bien dice d_and_m solo te va a servir para salir con la cabeza caliente y los pies frios (y una pasta en un proceso judicial que no te va a servir absolutamente de nada)(recuerda tambien que una de las fuentes del derecho es la costumbre y esa clausula es habitual). Pero si lo ves tan claro (pero recuerda que es tu interpretación del articulo, mandales un burofax exigiendoles que te digan una fecha exacta, que seguro que se van a reir agusto.

Ademas, como se ha comentado Gestesa no va a meter un clausula que fuera tan descaradamente contra la norma se les podra tachar de muchas cosas pero no de imbeciles.

Debemos recordar, y creo que es aqui donde radica toda esta estupida discusión, que una cosa es que algo sea legal y otra que sea etica o moralmente justa.

P.D. las tapas me salen gratis, porque con los amigos, cada uno paga una ronda.



ok...llevás toda la razón!!!!! último consejo...dile a tu amigo que te busque jurisprudencia al respecto...lo digo mas que nada para que veas la opinión de un juez....!!!

PD: Te diré que a mi me da igual esa clausula porque me da igual cuando me den la casa (obviamente antes de la fecha límite).

Chao amigetes....


Pisha, eso ya esta todo mirado, a ver que te piensas, aunque en mi caso prefiero que me la entreguen en su fecha.
 
B
Boomerang2
29/08/2008 11:19
biscone dijo:

Boomerang2 dijo:

biscone dijo:

Totalmente deacuerdo ST77XX, lo que habria que estudiar bien es, para la gente que lo necesite porque no haya vendido sus viviendas o tenga que entregarlas en la fecha de entrega estimada por Gestesa, que se puede hacer para estirar lo maximo posible la entrega (y evitar pagar intereses claro).


te pasé link de esta misma página donde decía lo que te comentaba.....te lo interpreté.....que mas quireres que te argumente....."fecha determinada".....NO ES UN INTERVALO DE TIEMPO......"antes de 31.12.2007...." ES UN INTERVALO DE TIEMPO...NO PUEDES DETERMINAR LA FECHA......LA FECHA DETERMINADA ES 23.02.2088 ó 25.08.3024 ETC.....ESO SON FECHAS DETERMINADAS.....pero en "ANTES DE 31.12.2008" NO ES POSIBLE DETERMINAR UNA FECHA PORQUE ES UN INTERVALO DE TIEMPO.... que mas quieres que te diga!!!!!

Que te estás ahorrando las tapas de tu amigo...que te lo estoy diciendo gratis!!!




Otra vez, no se si por activa o por pasiva, la clausula de marras esta dentro de la legalidad, nigun juez (bueno salvo del de la sentencia de la minifalda) te la tirara atras. En derecho mucho es la interpretación que se den a los articulos para ti "......"antes de 31.12.2007...." ES UN INTERVALO DE TIEMPO...NO PUEDES DETERMINAR LA FECHA......" pero la interpretación general no es esa, te guste o no. Te repito que el espititu de ese articulo es darle un horizonte temporal maximo a la entrega de la vivienda para evitar dilaciones en su entrega, que lo quieras interpretar como tu dices es otra cosa pero, como bien dice d_and_m solo te va a servir para salir con la cabeza caliente y los pies frios (y una pasta en un proceso judicial que no te va a servir absolutamente de nada)(recuerda tambien que una de las fuentes del derecho es la costumbre y esa clausula es habitual). Pero si lo ves tan claro (pero recuerda que es tu interpretación del articulo, mandales un burofax exigiendoles que te digan una fecha exacta, que seguro que se van a reir agusto.

Ademas, como se ha comentado Gestesa no va a meter un clausula que fuera tan descaradamente contra la norma se les podra tachar de muchas cosas pero no de imbeciles.

Debemos recordar, y creo que es aqui donde radica toda esta estupida discusión, que una cosa es que algo sea legal y otra que sea etica o moralmente justa.

P.D. las tapas me salen gratis, porque con los amigos, cada uno paga una ronda.



ok...llevás toda la razón!!!!! último consejo...dile a tu amigo que te busque jurisprudencia al respecto...lo digo mas que nada para que veas la opinión de un juez....!!!

PD: Te diré que a mi me da igual esa clausula porque me da igual cuando me den la casa (obviamente antes de la fecha límite).

Chao amigetes....
 
B
Boomerang2
29/08/2008 11:03
d_and_m dijo:

Boomerang2,

Lo que dices es un bombazo. Aun así sólo cubriría a las personas que estubiesen en el supuesto de viviendas de protección pública. Me parece que es 5,5 el salario mínimo, unos 35K y sobre todo, no tener una vivienda en propiedad. Cosa que me parece que no cumple casi nadie de los compradores del Viso.

El problema de la gente es el tema de la venta de su vivienda antigua.

Además, el precio del metro cuadrado está fijado por lo que supondría de facto una rebaja en el precio de la casa, eso sí con la clausula de 15 años sin vender.

Lo que no pueden hacer es ofrecer una VPP con el precio de libre y sin cumplir las condiciones de la misma. Además de facto sería un cambio del contrato con lo que siempre podrias pedir la rescisión del mismo (que por otro lado es lo que la mayoría de los que aceptaran esta posición desesperada desearía).

En definitiva, a falta de más información, lo veo totalmente irregular e imposible de realizar.

Un saludo


efectivamente yo no lo tengo claro tampoco.....hay promotoras que les están consintiendo que el stock de viviendas que tienen sean calificadas como de protección pública....es un medida que están tomando algunas CCAA...la promotora le da igual porque seguramente trabajará con márgenes parecidos....y mantiene en línea su cifra de negocio....solo es algo que me han comentando que se está pensando hacer para la gente que no obtenga financiación....
 
B
Biscone
29/08/2008 10:49
Boomerang2 dijo:

biscone dijo:

Totalmente deacuerdo ST77XX, lo que habria que estudiar bien es, para la gente que lo necesite porque no haya vendido sus viviendas o tenga que entregarlas en la fecha de entrega estimada por Gestesa, que se puede hacer para estirar lo maximo posible la entrega (y evitar pagar intereses claro).


te pasé link de esta misma página donde decía lo que te comentaba.....te lo interpreté.....que mas quireres que te argumente....."fecha determinada".....NO ES UN INTERVALO DE TIEMPO......"antes de 31.12.2007...." ES UN INTERVALO DE TIEMPO...NO PUEDES DETERMINAR LA FECHA......LA FECHA DETERMINADA ES 23.02.2088 ó 25.08.3024 ETC.....ESO SON FECHAS DETERMINADAS.....pero en "ANTES DE 31.12.2008" NO ES POSIBLE DETERMINAR UNA FECHA PORQUE ES UN INTERVALO DE TIEMPO.... que mas quieres que te diga!!!!!

Que te estás ahorrando las tapas de tu amigo...que te lo estoy diciendo gratis!!!




Otra vez, no se si por activa o por pasiva, la clausula de marras esta dentro de la legalidad, nigun juez (bueno salvo del de la sentencia de la minifalda) te la tirara atras. En derecho mucho es la interpretación que se den a los articulos para ti "......"antes de 31.12.2007...." ES UN INTERVALO DE TIEMPO...NO PUEDES DETERMINAR LA FECHA......" pero la interpretación general no es esa, te guste o no. Te repito que el espititu de ese articulo es darle un horizonte temporal maximo a la entrega de la vivienda para evitar dilaciones en su entrega, que lo quieras interpretar como tu dices es otra cosa pero, como bien dice d_and_m solo te va a servir para salir con la cabeza caliente y los pies frios (y una pasta en un proceso judicial que no te va a servir absolutamente de nada)(recuerda tambien que una de las fuentes del derecho es la costumbre y esa clausula es habitual). Pero si lo ves tan claro (pero recuerda que es tu interpretación del articulo, mandales un burofax exigiendoles que te digan una fecha exacta, que seguro que se van a reir agusto.

Ademas, como se ha comentado Gestesa no va a meter un clausula que fuera tan descaradamente contra la norma se les podra tachar de muchas cosas pero no de imbeciles.

Debemos recordar, y creo que es aqui donde radica toda esta estupida discusión, que una cosa es que algo sea legal y otra que sea etica o moralmente justa.

P.D. las tapas me salen gratis, porque con los amigos, cada uno paga una ronda.
 
P
Pinar_Adosado
29/08/2008 08:44
Creo recordar que hasta los 25 años no pierde la condición de vivienda protegida ; Además en El viso las viviendas son de protección limitada: VPPL, por lo que el salario debe ser inferior a 7,5 veces el SMI (600 euros) = 63000 euros.
 
D
d_and_m
29/08/2008 02:09
Otra cosa es que rompan el contrato y digan "como no pueden pagar una libre, tenemos aquí unas VPP que a lo mejor les interesan". No obstante tendrian que cumplir las condiciones de VPP y eso, como he apuntado, es poco probable en la mayoría de los casos.
 
D
d_and_m
29/08/2008 02:07
Boomerang2,

Lo que dices es un bombazo. Aun así sólo cubriría a las personas que estubiesen en el supuesto de viviendas de protección pública. Me parece que es 5,5 el salario mínimo, unos 35K y sobre todo, no tener una vivienda en propiedad. Cosa que me parece que no cumple casi nadie de los compradores del Viso.

El problema de la gente es el tema de la venta de su vivienda antigua.

Además, el precio del metro cuadrado está fijado por lo que supondría de facto una rebaja en el precio de la casa, eso sí con la clausula de 15 años sin vender.

Lo que no pueden hacer es ofrecer una VPP con el precio de libre y sin cumplir las condiciones de la misma. Además de facto sería un cambio del contrato con lo que siempre podrias pedir la rescisión del mismo (que por otro lado es lo que la mayoría de los que aceptaran esta posición desesperada desearía).

En definitiva, a falta de más información, lo veo totalmente irregular e imposible de realizar.

Un saludo
 
B
Boomerang2
28/08/2008 18:22
gracias d_and_m por se al menos un razonable con mi punto de vista......
lo que yo quiero decir que cualquier persona puede personarse en las instalaciones de la promotora pidiendo una "fecha determinada" y en caso que no os la den se puede considerar que la clausula contenida en el contrato no está en línea con ley y por tanto se declara nula de efecto.....

nuevamente....gracias!!! obviamente yo no voy a dar una explicación técnica en un foro.....por eso digo lo de irse a un abogado en fin....

en cuanto a las hipotecas os diré que me comentan de buena tinta que Hercesa piensa lo siguiente:
"Primero están negociando con broker para que la gente obtenga financiación...y lo que me he quedado de piedra es que van a ofrecer casas de protección pública a todos aquellos que no les concedan la hipoteca......esto en mi pueblo es tongo del bueno...lo que no sé que enfoque le van a dar porque en el contrato no viene nada de eso....!!!!"

Chao amigetes....
 
D
d_and_m
28/08/2008 14:59
Boomerang2,

Puede que tengas razón en tus aseveraciones. No lo dudo. Pero se me plantea alguna duda:

Imaginemos que yo no tengo liquidez y me entregan la vieinda antes de plazo, ¿que puedo hacer? Según tu me podría negar a recibirla no? Claro, Hercesa podrá demandar diciendo que en el contrato pone bien clarito que la tienes que escriturar antes. Tu vas a unos abogados muy buenos y les envias una carta, con su membrete, diciendo que no tienen razón (te gastas una pasta). Y sin embargo, ellos tienen unos cuantos abogados, "de oficio" que lo único que hacen es marear la perdiz (costes fijos) y hacer gastar tu pasta. Posteriormente se decide que tienes razón que puedes pagar xx meses después de acuerdo al contrato (que es cuando el juez fallará). Vamos que además de lo que pagas por tu vivienda pagas a tus abogados también, porque no creo que en ningún caso diga el juez que se rescinde el contrato entero, quizá una clausula concreta y depués de mucho patalear.

Otra cosa es temas como que no te concedan la hipoteca que en el contrato queda cristalino que te teinen que devolver la pasta.

Además me parece que Hercesa pertenece a una asociaciópn que garantiza la legalidaz de sus contratos. Cierto es que no me da una garantía total, pero sin embargo si me hace pensar que hay muchas clausulas que son dudosas y existe un riesgo real (no sé si mucho o poco) de que no salgas bien parado.

No digo que no tengas razón, pero creo que existen situaciones dudosas que hacen que no estés seguro al 100% de una cosa y por tanto estes doblemente jodido: además de quedarte con la casa, has dejado una pasta y tiempo en juicios.

Saludos
 
B
Boomerang2
28/08/2008 13:28
biscone dijo:

Totalmente deacuerdo ST77XX, lo que habria que estudiar bien es, para la gente que lo necesite porque no haya vendido sus viviendas o tenga que entregarlas en la fecha de entrega estimada por Gestesa, que se puede hacer para estirar lo maximo posible la entrega (y evitar pagar intereses claro).


te pasé link de esta misma página donde decía lo que te comentaba.....te lo interpreté.....que mas quireres que te argumente....."fecha determinada".....NO ES UN INTERVALO DE TIEMPO......"antes de 31.12.2007...." ES UN INTERVALO DE TIEMPO...NO PUEDES DETERMINAR LA FECHA......LA FECHA DETERMINADA ES 23.02.2088 ó 25.08.3024 ETC.....ESO SON FECHAS DETERMINADAS.....pero en "ANTES DE 31.12.2008" NO ES POSIBLE DETERMINAR UNA FECHA PORQUE ES UN INTERVALO DE TIEMPO.... que mas quieres que te diga!!!!!

Que te estás ahorrando las tapas de tu amigo...que te lo estoy diciendo gratis!!!

 
B
Biscone
28/08/2008 12:30
Totalmente deacuerdo ST77XX, lo que habria que estudiar bien es, para la gente que lo necesite porque no haya vendido sus viviendas o tenga que entregarlas en la fecha de entrega estimada por Gestesa, que se puede hacer para estirar lo maximo posible la entrega (y evitar pagar intereses claro).
 
ST77XX
ST77XX
28/08/2008 10:23
miguele iris dijo:

hola a todos!!!
os comento nosotros tenemos un pareado de la segunda fase, y me han llamado para decirme que en septiembre podremos ver la casa y firmamos en noviembre se nos adelanta un montón, estamos como locos!!!supongo que todo se va adelantar un montón, un saludo.


nos estamos desviando un poco del tema ya que lo mas importante es lo que dice miguele

es obvio que la intención de Gestesa ponga lo que ponga en los contratos es adelantar al máximo todas las entregas

algo que ya se lleva comentando en el foro desde hace muchos meses:

http://www.nuevosvecinos.com/vergeldelhenares/1795707_habra_adelantos_en_las_entregas.html


 
B
Biscone
28/08/2008 09:25

Ciao [/quote>

jajajajaj "amigo especialista en temas inmobiliarios" jejejejjeje...eso me recuerda cuando yo era pequeño y presumía de mis primos los de zumosol....me parto si intentas impresionar...por favor, que somos mayorcitos jejejeje!!!
[/quote>

Si toda tu respuesta y argumentación es esta "especie" de chiste, ya se ve lo "enteráo" que estas, ya que lo unico que te queda es la descalificación.

Yo no necesito "impresionar" a nadie, (esa fase la pase cuando cumpli los 15 años cosa que no pueden decir todos), si te has quedado sin argumentos y para desviar la atención de lo que estamos tratando solo te queda la descalificación y la hilaridad barata me parece un recurso bastante pobre.

Como veo por donde va tu "argumentación" o "discusión" sobre el tema, limitemonos a hablar de los temas concernientes al foro y no entrar en apreciaciones personales para evitar males mayores.
 
B
Boomerang2
27/08/2008 22:50
biscone dijo:



Ciao
´

si no eres abogado por favor asesorate...y te diré que en cuanto metes la palabra "antes"...ya no es fecha determinada.....si te lo quieres creer bien y si no pues vete a un abogado y que te lo explique por 40 euros...

Chao amigetes... [/quote>

Como veo que, o eres abogado o te estas gastando muchos "40 euros", (o definitivamente te aburres en exceso y tienes ganas de polemizar) y según tú la clausula es abusiva, deberias demandarlos y que la declaren nula o abusiva (si yo tuviera tan claro que tengo una clausula lesiva con mis intereses asi lo haria, es mas ni siquiera la habria firmado).

Aunque, sinceramente, no se de donde te sacas que porque ponga "antes" ya no es una fecha determinada¿¿¿¿¿¿??????? ante esto solo me surgen dos respuestas una es tú interpretación de la clausula es erronea y, la segunda, que las consultas de 40€ que pagas te las realiza un abogado neofito que te hace llegar a dicha interpretación.

P.D. a mi las consultas no me cuestan nada (bueno unas cañas en el weekend) y ademas se las hago a un abogado especialista en temas inmobiliarios (que cobran bastante mas por una consulta).

Evitemos ser tan causticos en nuestras opiniones, guardemos nuestras fuerzas para Gestesa por si fuera necesario.

Ciao [/quote>

jajajajaj "amigo especialista en temas inmobiliarios" jejejejjeje...eso me recuerda cuando yo era pequeño y presumía de mis primos los de zumosol....me parto si intentas impresionar...por favor, que somos mayorcitos jejejeje!!!
 
B
Biscone
27/08/2008 12:17


Ciao [/quote>´

si no eres abogado por favor asesorate...y te diré que en cuanto metes la palabra "antes"...ya no es fecha determinada.....si te lo quieres creer bien y si no pues vete a un abogado y que te lo explique por 40 euros...

Chao amigetes... [/quote>

Como veo que, o eres abogado o te estas gastando muchos "40 euros", (o definitivamente te aburres en exceso y tienes ganas de polemizar) y según tú la clausula es abusiva, deberias demandarlos y que la declaren nula o abusiva (si yo tuviera tan claro que tengo una clausula lesiva con mis intereses asi lo haria, es mas ni siquiera la habria firmado).

Aunque, sinceramente, no se de donde te sacas que porque ponga "antes" ya no es una fecha determinada¿¿¿¿¿¿??????? ante esto solo me surgen dos respuestas una es tú interpretación de la clausula es erronea y, la segunda, que las consultas de 40€ que pagas te las realiza un abogado neofito que te hace llegar a dicha interpretación.

P.D. a mi las consultas no me cuestan nada (bueno unas cañas en el weekend) y ademas se las hago a un abogado especialista en temas inmobiliarios (que cobran bastante mas por una consulta).

Evitemos ser tan causticos en nuestras opiniones, guardemos nuestras fuerzas para Gestesa por si fuera necesario.

Ciao
 
altosdelgolan
altosdelgolan
26/08/2008 19:20
Boomerang2 tienes carnaza en tu foro, contestale.
Chao
 
B
Boomerang2
26/08/2008 14:51
biscone dijo:

Boomerang2 dijo:

biscone dijo:

Como bien dice Boomerang la ley lo que intenta es proteger al consumidor ante los retrasos, pero no dice nada de que no se puedan adelantar........


vamos a ver si me explico....lo que estoy diciendo es que si en vuestro contrato la fecha no está determinada pues podéis acercaros a las oficinas a que os pongan fecha determinada de entrega....ya que es un clausula abusiva!!! en fin...en fin no voy a jugar a los abogados que cada uno tome sus conclusiones pero daré un consejo...si no sois abogados no toméis conclusiones sin consultar con un experto en la materia porque lo normal es que sea errónea!!!
Chao amigetes...


Definitivamente creo que no soy capaz de expresarme adecuadamente, a ver si esta vez si:

Todos tenemos fechas determinadas en nuestros contratos, yo en mi caso "antes del 31 de enero de 2009", con lo que, sin ser abogado pero si habiendo estudiado derecho civil y mercantil, el contrato cumple con la legalidad porque me han dado una fecha limite que obliga a la promotora para no retrasarse y en su defecto que tengan que aplicarse las clausulas penales establecidas.

Lo que ocurre es que, el espiritu de la ley (esto no es una frasecilla mia, es terminologia legal) en ese articulo lo que pretende en defender al comprador ante posibles retrasos en la entrega, que es lo que, en condiciones normales, es mas lesivo para el comprador.

Que ahora nos encontremospor primera vez en una situación en la que, a muchos de los compradores el que les adelanten la entrega es una carga (porque no han vendido sus actuales viviendas y se pueden ver entre la espada y la pared) es otra cosa.

Espero haber expresado adecuadamente mi punto de vista.

Ciao
´

si no eres abogado por favor asesorate...y te diré que en cuanto metes la palabra "antes"...ya no es fecha determinada.....si te lo quieres creer bien y si no pues vete a un abogado y que te lo explique por 40 euros...

Chao amigetes...
 
altosdelgolan
altosdelgolan
26/08/2008 13:10
biscone dijo:

Boomerang2 dijo:

biscone dijo:

Como bien dice Boomerang la ley lo que intenta es proteger al consumidor ante los retrasos, pero no dice nada de que no se puedan adelantar........


vamos a ver si me explico....lo que estoy diciendo es que si en vuestro contrato la fecha no está determinada pues podéis acercaros a las oficinas a que os pongan fecha determinada de entrega....ya que es un clausula abusiva!!! en fin...en fin no voy a jugar a los abogados que cada uno tome sus conclusiones pero daré un consejo...si no sois abogados no toméis conclusiones sin consultar con un experto en la materia porque lo normal es que sea errónea!!!
Chao amigetes...


Definitivamente creo que no soy capaz de expresarme adecuadamente, a ver si esta vez si:

Todos tenemos fechas determinadas en nuestros contratos, yo en mi caso "antes del 31 de enero de 2009", con lo que, sin ser abogado pero si habiendo estudiado derecho civil y mercantil, el contrato cumple con la legalidad porque me han dado una fecha limite que obliga a la promotora para no retrasarse y en su defecto que tengan que aplicarse las clausulas penales establecidas.

Lo que ocurre es que, el espiritu de la ley (esto no es una frasecilla mia, es terminologia legal) en ese articulo lo que pretende en defender al comprador ante posibles retrasos en la entrega, que es lo que, en condiciones normales, es mas lesivo para el comprador.

Que ahora nos encontremospor primera vez en una situación en la que, a muchos de los compradores el que les adelanten la entrega es una carga (porque no han vendido sus actuales viviendas y se pueden ver entre la espada y la pared) es otra cosa.

Espero haber expresado adecuadamente mi punto de vista.

Ciao

Perfecto
Chao
 
B
Biscone
26/08/2008 12:01
Boomerang2 dijo:

biscone dijo:

Como bien dice Boomerang la ley lo que intenta es proteger al consumidor ante los retrasos, pero no dice nada de que no se puedan adelantar........


vamos a ver si me explico....lo que estoy diciendo es que si en vuestro contrato la fecha no está determinada pues podéis acercaros a las oficinas a que os pongan fecha determinada de entrega....ya que es un clausula abusiva!!! en fin...en fin no voy a jugar a los abogados que cada uno tome sus conclusiones pero daré un consejo...si no sois abogados no toméis conclusiones sin consultar con un experto en la materia porque lo normal es que sea errónea!!!
Chao amigetes...


Definitivamente creo que no soy capaz de expresarme adecuadamente, a ver si esta vez si:

Todos tenemos fechas determinadas en nuestros contratos, yo en mi caso "antes del 31 de enero de 2009", con lo que, sin ser abogado pero si habiendo estudiado derecho civil y mercantil, el contrato cumple con la legalidad porque me han dado una fecha limite que obliga a la promotora para no retrasarse y en su defecto que tengan que aplicarse las clausulas penales establecidas.

Lo que ocurre es que, el espiritu de la ley (esto no es una frasecilla mia, es terminologia legal) en ese articulo lo que pretende en defender al comprador ante posibles retrasos en la entrega, que es lo que, en condiciones normales, es mas lesivo para el comprador.

Que ahora nos encontremospor primera vez en una situación en la que, a muchos de los compradores el que les adelanten la entrega es una carga (porque no han vendido sus actuales viviendas y se pueden ver entre la espada y la pared) es otra cosa.

Espero haber expresado adecuadamente mi punto de vista.

Ciao
 
B
Boomerang2
26/08/2008 09:22
biscone dijo:

Como bien dice Boomerang la ley lo que intenta es proteger al consumidor ante los retrasos, pero no dice nada de que no se puedan adelantar........


vamos a ver si me explico....lo que estoy diciendo es que si en vuestro contrato la fecha no está determinada pues podéis acercaros a las oficinas a que os pongan fecha determinada de entrega....ya que es un clausula abusiva!!! en fin...en fin no voy a jugar a los abogados que cada uno tome sus conclusiones pero daré un consejo...si no sois abogados no toméis conclusiones sin consultar con un experto en la materia porque lo normal es que sea errónea!!!
Chao amigetes...
 
B
Biscone
26/08/2008 08:55
Como bien dice Boomerang la ley lo que intenta es proteger al consumidor ante los retrasos, pero no dice nada de que no se puedan adelantar........
 
B
Boomerang2
25/08/2008 19:38
hombre si la consulta es al comercial pues que te va a decir....a ver si os quedáis tranquilos.....

http://www.nuevosvecinos.com/general/contenidos.asp?docid=9
http://www.nuevosvecinos.com/general/contenidos.asp?docid=2#3

la fecha debe ser determinada y no cabe la posiblidad de un plazo abierto....y normalmente el retraso no es causa suficiente para rescindir el contrato de forma unilateral!!!!

....acercaros a la oficina del consumidor a ver que os dice...

chao amigetes....
 
altosdelgolan
altosdelgolan
25/08/2008 17:58
biscone dijo:

Perdona si te he ofendido, no era mi intención, pero a veces nos enzarzamos a discutir sin haber mirado bien las cosas (como me da la sensación que ha pasado en este caso), esa era la única razón de mi comentario.

Pero vamos que la clausula de la entrega según está redactada es para proteger al comprador, leerla con atención y vereis que esta muy claro y cual es el espiritu de la misma.

Lo dicho perdón a los que se hayan sentido agraviados, y quizas deberiamos ser menos sensibles.




Biscone, no tienes que pedir perdón a nadie, te has expresado correctamente.

Respecto al plazo de entrega es correcto lo que tu dices, concretamente ese punto yo lo pregunté antes de firmar y eso es exactamente el significado del mismo.
Chao
 
B
Biscone
25/08/2008 14:54
Perdona si te he ofendido, no era mi intención, pero a veces nos enzarzamos a discutir sin haber mirado bien las cosas (como me da la sensación que ha pasado en este caso), esa era la única razón de mi comentario.

Pero vamos que la clausula de la entrega según está redactada es para proteger al comprador, leerla con atención y vereis que esta muy claro y cual es el espiritu de la misma.

Lo dicho perdón a los que se hayan sentido agraviados, y quizas deberiamos ser menos sensibles.

 
B
Boomerang2
25/08/2008 14:40
biscone dijo:

Buenos días a todos:

Con esto creo que nos estamos haciendo demasiadas pa....s mentales, si leemos bien los contratos (al menos el mio asi lo indica, y supongo que todos son iguales) con respecto a la fecha de entrega lo que dice es que "las viviendas se entregaran antes del 31 de enero de 2009".

Este texto lo que intenta es proteger al comprador ante posibles retrasos en la entrega, pero en ningún caso es una fecha cerrada si lo leeis atentamente es una fecha límite, con lo que ellos los pueden entregar cuando quieran pero siempre antes de esa fecha, a partir de la cual es cuando se pueden aplicar las clausulas penales hacia Gestesa por el retraso en la entrega.

En condiciones normales si te adelantan la entrega al comprador de maravilla, otra cosa es como esta el patio para vender las viviendas actuales los que tengamos que hacerlo.

Otra cosa a la que hay que prestar atención es a las clausulas en los retrasos en la escrituración por causa del comprador, que dicen que este tiene que pagar todos los intereses de la hipoteca que genere dicho retraso.

Ciao


p... mentales ninguna, perdona que te diga!!!!
lo que ponga en un contrato de compraventa no va a misa....los contratos deben ser redactados en línea con la Ley de Contratación y cualquier clausula que no esté en línea con dicha Ley se considerará abusiva y por consiguiente nula de efecto!!!!

un poco mas de respeto hacia los post de los foreros....

Chao amigetes....
 
B
Biscone
25/08/2008 14:31
Buenos días a todos:

Con esto creo que nos estamos haciendo demasiadas pa....s mentales, si leemos bien los contratos (al menos el mio asi lo indica, y supongo que todos son iguales) con respecto a la fecha de entrega lo que dice es que "las viviendas se entregaran antes del 31 de enero de 2009".

Este texto lo que intenta es proteger al comprador ante posibles retrasos en la entrega, pero en ningún caso es una fecha cerrada si lo leeis atentamente es una fecha límite, con lo que ellos los pueden entregar cuando quieran pero siempre antes de esa fecha, a partir de la cual es cuando se pueden aplicar las clausulas penales hacia Gestesa por el retraso en la entrega.

En condiciones normales si te adelantan la entrega al comprador de maravilla, otra cosa es como esta el patio para vender las viviendas actuales los que tengamos que hacerlo.

Otra cosa a la que hay que prestar atención es a las clausulas en los retrasos en la escrituración por causa del comprador, que dicen que este tiene que pagar todos los intereses de la hipoteca que genere dicho retraso.

Ciao
 
K
Koga
25/08/2008 09:22
Buenos días!!
Nosotros somos de la primera fase y tampoco se ha puesto nadie de Gestesa en contacto con nosotros, además hace poco que estuvimos en la caseta indagando plazo de entrega, la posibilidad de cambio de banco, etc. y no soltaron prenda, según ellos todo va muy bien y se cumplirán los plazos de entrega..?!?!?
Lo que si comenté en otro post es que tenemos unos amigos que compraron una vivienda en altura en Hercesa y les llamaron para confirmarles que les adelantaban la entrega a marzo (a ellos en teoría se la daban en junio-septiembre), asi que es muy probable que se adelanten también las nuestras como le ha pasado a miguele iris.
Seguiremos intentando sonsacarles algo..jejeje..
Un saludo.
 
P
Pinar_Adosado
25/08/2008 09:15
Los pasos en la compra fueron:
- Venta del comercial, indicando como plazo aproximado abril-2009.
- Señalización de la vivienda: se paga 1 %, sin derecho a devolución, el comercial confirma la entrega en las mismas fechas.
- Contrato de reserva: se paga el resto hasta un 5,6 %. Sin derecho a devolución, nuevamente el comercial afirma la entrega en las mismas fechas.
- Contrato compra-venta: Te encuentras la clausula y aun así te dicen que la entrega sera en abril de 2009.
A día de hoy te dicen que lo entregan 4 meses antes ¿ética profesional?
 
Q
queca
25/08/2008 08:02
hola a todos/as, me parece muy bien lo que estais hablando, pero no me queda muy claro, si a alguien de la primera fase le han llamado para ver ya las casas.. y el tema del banco...
 
altosdelgolan
altosdelgolan
24/08/2008 22:52
pinar_adosado dijo:

No entraré en la legalidad de la clausula hasta que no lo haya consultado a legal, pero si en la ética profesional del departamento comercial de Gestesa. Cuando señalizas la casa el comercial te dice que se entregará aproximadamente en abril de 2009, en ese punto en el que pagas el 1 por ciento de la vivienda, confias que posteriormente el contrato sea coherente, sin embargo cuando vas a firmar te encuentras que esa clausula que no es modificable y además ventajosa para Gestesa, ya que están cubiertos tanto en caso de adelanto como en caso de retraso.


Efectivamente así es, pero nadie te puso una pistola en le pecho para que aceptases y firmases ese contrato, yo te aseguro que si en ese momento hubieses renunciado, se te habría devuelto ese 1%. Esta claro el tema, si no estas de acuerdo con las clausulas que la promotora ha puesto en el contrato de compraventa, no haber hecho el trato y no haber comprado.
Chao.
 
B
Boomerang2
24/08/2008 21:43
ENDURO dijo:

Yo, discrepo totalmente, creo que si llegada la fecha de entrega no tenemos la casa, tal como pone en el contrato podemos optar por rescindir el contrato con la devoluci´on de las cantidades y pedir adem´as una indemnizaci´on del veinticinco por ciento, como adem´as tenemos un aval, entiendo, todo ello sin ser ningun experto, que con un simple requerimiento fehaciente, (via notarial), el banco que constituyo el aval deber´ia darte el dinero, puesto que es eso lo que garantiza dicho aval o no, y en todo caso despu´es que gestesa reclame o no pero que sean ellos los que reclamen en los tribunales no nosotros que ya tendremos la pasta.


pero si aquí no hay que discrepar nada....esto es como diga la Ley....esto no es algo subjetivo....la subjetividad la pone el juez y te digo por experiencia que la demora en la entrega de la vivienda no es causa suficiente para la rescisión del contrato de forma unilateral....vete al banco y dile que quieres ejecutar el aval por demora en la fecha de entrega que verás que risa le va a dar al director de la oficina...en esta misma página web te hablan de que es lo que pasa por retraso en la entrega de la vivienda....mi recomendación es que los meses que se retrase consigáis que algún amigete os haga un contrato privado de alquiler de una vivienda de similares características y hagáis los movimientos bancarios correspondientes (aunque luego te devuelva el dinero)....si conocéis a alguien que alquile locales pues tb que os haga unas facturitas por guardar muebles....si conocéis algún transportista pues otra facturita como que os ha llevado los muebles....guardar tickets de gasolina si hacéis mas kilómetros para ir al trabajo....y si conocéis algun psicologo pues no vendría mal unas facturitas por depresión etc.....el día que os entreguen la casa os vais para arriba y le decís al abogadillo de allí la totalidad de facturas que tenéis y que pasáis de la clausula penal del contrato y que vais a juicio y además le decís en la cara que no os cuesta nada el abogado ya que es familiar.....verás como traga saliva y os hace un favorcillo!!! Pero los movimientos hay que hacerlos mientras se retrasen...no a posteriori!!!

Chao amigetes...
 
ENDURO
ENDURO
24/08/2008 20:40
Yo, discrepo totalmente, creo que si llegada la fecha de entrega no tenemos la casa, tal como pone en el contrato podemos optar por rescindir el contrato con la devoluci´on de las cantidades y pedir adem´as una indemnizaci´on del veinticinco por ciento, como adem´as tenemos un aval, entiendo, todo ello sin ser ningun experto, que con un simple requerimiento fehaciente, (via notarial), el banco que constituyo el aval deber´ia darte el dinero, puesto que es eso lo que garantiza dicho aval o no, y en todo caso despu´es que gestesa reclame o no pero que sean ellos los que reclamen en los tribunales no nosotros que ya tendremos la pasta.
 
B
Boomerang2
24/08/2008 17:42
ENDURO dijo:

Bueno estaran cubiertos o no en el de adelante, en el de retraso no, si se retrasan puedes pedir la devolucion al banco avalista y el veinticinco por ciento de penalizacion a gestesa. Decirme si me equivoco.


vamos a ver....no están cubiertos en nada....la Ley de Contratación...obliga a fijar una fecha determinada de entrega de la vivienda...no cabe la posibilidad de plazos abiertos....se debe de establecer una fecha que determine la fecha de entrega...no sé Gestesa como ha escrito el contrato pero la fecha debe ser determinada!!! Por otro lado, olvidaros que por retraso se pueda rescindir el contrato (solo en caso muy justificados el juez lo permite...) la demora en la entrega de la vivienda lo que ocasiona es que la promotora te indemnice con daños y perjuicios....pero no con la resolución del contrato!!! yo me duele la mano de escribirlo, "carta de abogados serios....y los abogaillos de Hercesa/Gestesa hacen agua (obviamente si llevas razón)"

Chao amigetes....
 
M
miguele iris
24/08/2008 17:24
enduro tienes toda la razón, estoy contigo. ¿por cierto no han llamado a nadie con esta noticia?
 
ENDURO
ENDURO
24/08/2008 14:04
Bueno estaran cubiertos o no en el de adelante, en el de retraso no, si se retrasan puedes pedir la devolucion al banco avalista y el veinticinco por ciento de penalizacion a gestesa. Decirme si me equivoco.
 
P
Pinar_Adosado
24/08/2008 13:50
No entraré en la legalidad de la clausula hasta que no lo haya consultado a legal, pero si en la ética profesional del departamento comercial de Gestesa. Cuando señalizas la casa el comercial te dice que se entregará aproximadamente en abril de 2009, en ese punto en el que pagas el 1 por ciento de la vivienda, confias que posteriormente el contrato sea coherente, sin embargo cuando vas a firmar te encuentras que esa clausula que no es modificable y además ventajosa para Gestesa, ya que están cubiertos tanto en caso de adelanto como en caso de retraso.
 
altosdelgolan
altosdelgolan
24/08/2008 10:59
Boomerang2 dijo:

la fecha del contrato debe ser determimada, de lo contrario sería una clausula abusiva por lo que eso que dice el contrato se podría anular....y no me vale el rollo que si los abogados de Hercesa ni de Gestesa....si a las instalaciones de Hercesa o Gestesa llega una carta con firma de abogados de prestigio...ya verás como la cosa cambia..ahora bien si va alguien y monta el "pollo" y ya está...pues se reirán de él...lo dicho, cartita de abogados serios....y verás como reaccionan....en Hercesa tb dicen que no te dejan rescindir y sé de buena tinta que ya han rescindido algun contrato....

Chao


Siento discrepar contigo Boomerang2, pero en el caso de Gestesa esta cláusula es totalmente legal y se ajusta plenamente a Derecho, logicamente los posibles adelantos no suelen sobrepasar los 3 meses en compra de vivienda sobre plano, que es exactamente el fin de la aplicación, en caso que proceda, también indicarte que han pasado por ASPRYMA Y AENOR, esto significa que si fuera abusiva no les habrían concedido las certificaciones.
Chao
 
B
Boomerang2
22/08/2008 23:31
la fecha del contrato debe ser determimada, de lo contrario sería una clausula abusiva por lo que eso que dice el contrato se podría anular....y no me vale el rollo que si los abogados de Hercesa ni de Gestesa....si a las instalaciones de Hercesa o Gestesa llega una carta con firma de abogados de prestigio...ya verás como la cosa cambia..ahora bien si va alguien y monta el "pollo" y ya está...pues se reirán de él...lo dicho, cartita de abogados serios....y verás como reaccionan....en Hercesa tb dicen que no te dejan rescindir y sé de buena tinta que ya han rescindido algun contrato....

Chao
 
M
miguele iris
22/08/2008 22:38
hola, haber yo os cuento lo que me han dicho, cada uno que saque sus conclusiones de si gestesa le interesa, yo no me he puesto en contacto con ellos diciendoles que quiero la vivienda ya, yo tampoco entiendo que entreguen la segunda antes que la primera o los de la primera fase no han dicho nada, pero vamos, que nosotros tan contentos, nos han llamado del departamento financiero de gestesa, lo dicho nosotros tan contentossssss!!!! ciaooo
 

Fin del hilo
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