Hola, yo no pude ir a la reunión por el trabajo ya que no tengo un horario fijo y suelo terminar tarde de trabajar...
No se si recordaréis que me enviaron un email hace poco (lo copié en el foro) en el que se me informaba de las diferentes ayudas del Plan Estatal 2005 – 2008 para la adquisición de una vivienda usada (en segunda o posteriores transmisiones) tanto libre como protegida. Todo esto en base al número de expediente de construcción de la vivienda que me solicitaron para poder darme una respuesta.
Bueno pues he recibido un 2º email en el cual me informan acerca de las diferentes ayudas económicas del Plan Estatal 2005 – 2008 para viviendas protegidas de nueva construcción, ES DECIR TODO LO CONTRARIO DE LAS PRIMERAS INFORMACIONES QUE RECIBÍ, todo esto y lo recalco es en respuesta a una solicitud de info que les solicité via email aportando el número de expediente de construcción de la vivienda.
Para resumir el email (unas 3 páginas que puedo copiar entero aqui si queréis) os copio lo más interesante:
Le informamos que el Plan Estatal 2005 – 2008 ofrece diferentes ayudas económicas para viviendas protegidas de nueva construcción, que son:
A. Préstamos Convenidos
B. Subsidiación de Préstamos Convenidos
C. Asimismo, existe también la posibilidad de acceder a la concesión de una subvención que es abonada mediante pago único por la entidad que haya concedido dicho préstamo convenido, denominada Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE). La cuantía de las ayudas dependerá en cualquier caso de las circunstancias familiares del solicitante.
Estas ayudas son únicamente concedidas en los casos de Primer Acceso a la Propiedad
Asimismo, y una vez concedidas las ayudas, el régimen de protección de la vivienda será de 30 años desde su Calificación Definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.
Finalmente informarle que el tipo y la cuantía de las ayudas variarán en función de las circunstancias familiares, tal y como le hemos indicado, y también dependerán de la tipología de la vivienda protegida de que se trate. Concretamente las viviendas podrán ser:
- Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial (VPO-RE): La ayuda será en forma de Préstamo Convenido, con posibilidad de Subsidiación del mismo y de la Ayuda Estatal Directa a la Entrada.
- Viviendas con Protección Pública, calificadas al amparo del Decreto 11/2001 o anteriores: La ayuda será en forma de Préstamo Convenido, con posibilidad de Subsidiación del mismo y de la Ayuda Estatal Directa a la Entrada.
- Viviendas con Protección Pública Básica (VPPB): La ayuda será en forma de Préstamo Convenido, con posibilidad de Subsidiación del mismo y de la Ayuda Estatal Directa a la Entrada. Los adquirentes de estas viviendas pueden además solicitar una subvención denominada Cheque-Vivienda del Plan de Vivienda 2005 – 2008 de la Comunidad de Madrid.
- Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado (VPPL): La ayuda será en forma de Préstamo Convenido. Si la vivienda está destinada a familias numerosas, el adquirente puede además solicitar una subvención denominada Cheque-Vivienda del Plan de Vivienda 2005 – 2008 de la Comunidad de Madrid.
El Plan de Vivienda 2005-2008 de la Comunidad de Madrid contempla distintas ayudas económicas a la adquisición de viviendas con Protección Pública dependiendo de si trata de viviendas destinadas a venta o uso propio, o viviendas para arrendamiento con opción de compra.
Le adjuntamos la siguiente documentación, esperando que responda a su consulta y resulte de su interés:
- AYUDAS ECONOMICAS A LA ADQUISICION DE VIVIENDAS CON PROTECCION PUBLICA (Plan de Vivienda 05/08 CM).
En este adjunto informan sobre la posibilidad de pedir el CHEQUE-VIVIENDA VENTA para VPPB, rquisitos, etc.
- FORMULARIO DE SOLICITUD DE CHEQUE VIVIENDA POR LA ADQUISICION DE VIVIENDA CON PROTECCION PUBLICA AL AMPARO DEL DECRETO 12/2005 DE 27 DE ENERO.
No se si aporta gran cosa pero lo copio a ver que os parece.
Una saludo a todos